Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto, por el que se regula la Seguridad Social del Clero.
Disposizione transitoria unica
In vigore · versione del 23 dic 2007
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Hasta tanto se mantenga en el Régimen General de la Seguridad Social el sistema transitorio de cotización a que se refiere el número cinco de la disposición transitoria tercera de la Ley General de la Seguridad Social de treinta de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, el tipo de cotización a que se refiero el artículo tres del presente Real Decreto será el correspondiente a la base tarifada.