Real Decreto 2606/1996

Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto y personalidad jurídica

Articolo 2Órganos de gobierno de los fondos

Articolo 3Patrimonio del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito

Articolo 3 bisAtribución a cada compartimento de los costes, gastos y obligaciones generales

Articolo 4Definición de los depósitos garantizados

Articolo 5Adscripción al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito

Articolo 5 bisInformación a los depositantes

Articolo 6Exclusión de los fondos

Articolo 7Alcance del importe de los depósitos garantizados

Articolo 7 bisAlcance del importe de los valores garantizados

Articolo 8Causas para la ejecución de la garantía

Articolo 9El pago y sus efectos

Articolo 9 bisInformación que deben proporcionar las entidades de crédito

Articolo 10Otras actuaciones del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito

Articolo 11Medidas preventivas y de saneamiento

Articolo 12Pruebas de resistencia

Articolo 13Comunicación y cooperación

Disposizione transitoria primeraRégimen aplicable a las sucursales en España de entidades de crédito de otros Estados de la Unión Europea que dejen de pertenecer al fondo

Disposizione transitoria segundaImporte garantizado hasta el 31 de diciembre de 1999

Disposizione transitoria terceraDesignación y renovación de representantes de las entidades de crédito en las comisiones gestoras de los fondos de garantía de depósito

Disposizione transitoria cuartaConsideración como depósito garantizado de los certificados de depósito nominativos

Disposizione transitoria quintaObligación de informar sobre depósitos que dejarán de estar garantizados

Disposizione transitoria sextaPlazos de pago

Disposizione derogatoria únicaAlcance de la derogación normativa

Disposizione final primeraFacultad de desarrollo

Disposizione final segundaCarácter básico

Disposizione final terceraEntrada en vigor

Allegato UNICO

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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