Real Decreto 1837/2008

Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3Efectos del reconocimiento

Articolo 4Profesión regulada

Articolo 5Cualificación profesional

Articolo 6Título de formación

Articolo 7Autoridad competente

Articolo 8Formación regulada

Articolo 9Experiencia profesional

Articolo 10Periodo de prácticas y prueba de aptitud

Articolo 11Personal directivo de empresa

Articolo 12Principio de libre prestación de servicios

Articolo 13Declaración previa en los casos de desplazamiento

Articolo 14Dispensas

Articolo 15Verificación previa en profesiones que tengan implicaciones para la salud o seguridad pública

Articolo 16Cooperación administrativa

Articolo 17Información de carácter suplementario para los destinatarios del servicio

Articolo 18Ámbito de aplicación

Articolo 19Niveles de cualificación profesional

Articolo 20Formaciones equiparadas

Articolo 21Condiciones para el reconocimiento

Articolo 22Medidas compensatorias

Articolo 23Prueba de aptitud

Articolo 24Periodo de prácticas

Articolo 25Dispensa de medidas compensatorias en virtud de plataformas comunes

Articolo 26Exigencias relativas a la experiencia profesional

Articolo 27Actividades mencionadas en la Lista I del anexo IV

Articolo 28Actividades mencionadas en la Lista II del anexo IV

Articolo 29Actividades mencionadas en la Lista III del anexo IV

Articolo 30Reconocimiento automático de cualificaciones profesionales. Marco general

Articolo 31Derechos adquiridos. Disposiciones generales

Articolo 32Derechos adquiridos en la República Democrática Alemana

Articolo 33Derechos adquiridos en Checoslovaquia, República Checa y República Eslovaca

Articolo 34Derechos adquiridos en la Unión Soviética, Estonia, Letonia y Lituania

Articolo 35Derechos adquiridos en la antigua Yugoslavia

Articolo 36Formación básica en Medicina

Articolo 37Formación médica especializada

Articolo 38Denominaciones de las formaciones médicas especializadas

Articolo 39Derechos adquiridos específicos de los médicos especialistas

Articolo 40Formación específica en Medicina general

Articolo 41Reconocimiento de la cualificación profesional de médico general

Articolo 42Derechos adquiridos específicos de los médicos generales

Articolo 43Formación en Enfermería responsable de cuidados generales

Articolo 44Derechos adquiridos específicos de las enfermeras responsables de cuidados generales

Articolo 45Derechos adquiridos específicos de las enfermeras responsables de cuidados generales titulados en Polonia

Articolo 46Derechos adquiridos específicos de las enfermeras de cuidados generales adquiridos en Rumania

Articolo 47Formación en Odontología

Articolo 48Ejercicio de las actividades profesionales de odontólogo

Articolo 49Derechos adquiridos específicos de los odontólogos

Articolo 50Derechos adquiridos específicos de los odontólogos en Italia

Articolo 51Formación básica en Veterinaria

Articolo 52Derechos adquiridos específicos de los veterinarios en Estonia

Articolo 53Formación de matrona

Articolo 54Modalidades de reconocimiento de los títulos de formación de matrona

Articolo 55Ejercicio de las actividades profesionales de enfermera especialista obstétrico-ginecológica (matrona)

Articolo 56Derechos adquiridos específicos de las matronas

Articolo 57Derechos adquiridos específicos de las matronas en la República Democrática Alemana

Articolo 58Derechos adquiridos específicos de las matronas en Polonia

Articolo 59Derechos adquiridos específicos de las matronas en Rumania

Articolo 60Formación básica en Farmacia

Articolo 61Ejercicio de las actividades profesionales de farmacéutico

Articolo 62Formación básica en Arquitectura

Articolo 63Excepciones a las condiciones de la formación de arquitecto

Articolo 64Ejercicio de las actividades profesionales de arquitecto

Articolo 65Derechos adquiridos específicos de los arquitectos por la existencia de un título de formación

Articolo 66Derechos adquiridos específicos de los arquitectos por la existencia de un certificado profesional

Articolo 67Documentación y formalidades

Articolo 68Juramento o promesa profesional

Articolo 69Procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales

Articolo 70Uso del título profesional español y obligaciones del profesional reconocido

Articolo 71Conocimientos lingüísticos

Articolo 72Uso de títulos académicos otorgados por el Estado miembro de origen

Articolo 73Autoridades competentes

Articolo 74Coordinación de las actividades de las autoridades competentes

Articolo 75Punto de contacto

Articolo 76Comité para el reconocimiento de cualificaciones profesionales

Disposizione adicional primeraMecanismos de cooperación

Disposizione adicional segundaPrevención del fraude y otras prácticas ilícitas

Disposizione adicional terceraRegistros de Profesionales Sanitarios

Disposizione adicional cuartaEspacio Económico Europeo

Disposizione adicional quintaAcceso al empleo público

Disposizione adicional sextaDesignación de autoridades competentes

Disposizione transitoria primeraProcedimientos en tramitación

Disposizione transitoria segundaAuditoría de cuentas

Disposizione derogatoria única

Disposizione final primeraModificación del Real Decreto 607/1986, de 21 de marzo, para el ejercicio efectivo de la libre prestación de servicios de los abogados

Disposizione final segunda

Disposizione final terceraIncorporación de derecho de la Unión Europea

Disposizione final cuartaDesarrollo normativo

Disposizione final quintaActualización de los Anexos

Disposizione final sextaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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