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Real Decreto 31 unità

Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.

Real Decreto 750/2010es-royal-decree-2010-06-04-75024 giu 2010

Vehículos de motor

  1. Preambolo Preámbulo
  2. Articolo 1 Objeto
  3. Articolo 2 Definiciones
  4. Articolo 3 Ámbito de aplicación
  5. Articolo 4 Procedimiento de obtención de la homologación de tipo de vehículos, sus sistemas, partes y piezas
  6. Articolo 5 Aplicaciones particulares
  7. Articolo 6 Requisitos sobre la tramitación
  8. Articolo 7 Actas de ensayo
  9. Articolo 8 Vehículos destinados a la realización de los ensayos necesarios para la obtención de la homologación de tipo de vehículos o de los actos reglamentarios
  10. Articolo 9 Procedimiento de conformidad de la producción
  11. Articolo 10 Número de homologación
  12. Articolo 11 Servicios técnicos
  13. Articolo 12 Tarjetas de inspección técnica de vehículos
  14. Articolo 13 Infracciones y sanciones
  15. Disposizione adicional única Reformas de importancia antes de la matriculación
  16. Disposizione transitoria primera Carrozado inicial de vehículos
  17. Disposizione transitoria segunda Homologaciones de tipo nacionales
  18. Disposizione transitoria tercera Extensiones de homologaciones de tipo nacionales
  19. Disposizione transitoria cuarta Tarjetas de ITV o certificados para carrozado para vehículos homologados según el Real Decreto 2140/85, de 9 de octubre
  20. Disposizione transitoria quinta Registro de fabricantes y firmas autorizadas
  21. Disposizione derogatoria única Derogación normativa
  22. Disposizione final primera Título competencial
  23. Disposizione final segunda Habilitación para la modificación de los anexos de este real decreto
  24. Disposizione final tercera Entrada en vigor
  25. Articolo 2
  26. Articolo 5
  27. Articolo 3
  28. Articolo 3
  29. Articolo 3
  30. Articolo 3
  31. Articolo 3
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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