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Real Decreto 45 unità

Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las Directivas 76/767/CEE, 84/525/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE.

Real Decreto 1388/2011es-royal-decree-2011-10-14-138815 ott 2011

Transportes terrestres

  1. Preambolo Preámbulo
  2. Articolo 1 Objeto y ámbito de aplicación
  3. Articolo 2 Definiciones
  4. Articolo 3 Requisitos adicionales
  5. Articolo 4 Obligaciones de los fabricantes
  6. Articolo 5 Representantes autorizados
  7. Articolo 6 Obligaciones de los importadores
  8. Articolo 7 Obligaciones de los distribuidores
  9. Articolo 8 Obligaciones de los propietarios
  10. Articolo 9 Obligaciones de los usuarios
  11. Articolo 10 Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y distribuidores
  12. Articolo 11 Identificación de los agentes económicos
  13. Articolo 12 Conformidad de los equipos a presión transportables y evaluación de la misma
  14. Articolo 13 Principios generales del marcado Π
  15. Articolo 14 Reglas y condiciones para la colocación del marcado Π
  16. Articolo 15 Libre circulación de equipos a presión transportables
  17. Articolo 16 Autoridad notificante
  18. Articolo 17 Obligación de información de las autoridades notificantes
  19. Articolo 18 Requisitos relativos a los organismos notificados
  20. Articolo 19 Solicitud de notificación
  21. Articolo 20 Procedimiento de notificación
  22. Articolo 21 Cambios en la notificación
  23. Articolo 22 Cuestionamiento de la competencia de organismos notificados
  24. Articolo 23 Obligaciones operativas de los organismos notificados
  25. Articolo 24 Obligación de información de los organismos notificados
  26. Articolo 25 Intercambio de experiencias
  27. Articolo 26 Coordinación de los organismos notificados
  28. Articolo 27 Procedimiento en el caso de equipos a presión transportables que plantean un riesgo a nivel nacional
  29. Articolo 28 Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea
  30. Articolo 29 Equipo a presión transportable conforme que entraña algún riesgo para la salud y la seguridad
  31. Articolo 30 Incumplimiento formal
  32. Articolo 31 Aplicación de los procedimientos de emergencia
  33. Articolo 32 Priorización de la evaluación de la conformidad de los equipos a presión transportables designados como bienes pertinentes para crisis
  34. Articolo 33 Excepción a los procedimientos de evaluación de la conformidad que requieren la participación obligatoria de un organismo notificado
  35. Articolo 34 Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado
  36. Disposizione adicional primera Reconocimiento de la equivalencia
  37. Disposizione adicional segunda Inspecciones periódicas
  38. Disposizione adicional tercera Comunicación de actuaciones
  39. Disposizione adicional cuarta Competencias del Ministerio de Defensa
  40. Disposizione transitoria única Revaluación de la conformidad
  41. Disposizione derogatoria única Derogación
  42. Disposizione final primera Modificación del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus instrucciones técnicas complementarias
  43. Disposizione final segunda Título competencial
  44. Disposizione final tercera Habilitación normativa
  45. Disposizione final cuarta Entrada en vigor
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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