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Real Decreto 45 unità
Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las Directivas 76/767/CEE, 84/525/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE.
Real Decreto 1388/2011es-royal-decree-2011-10-14-138815 ott 2011
- Preambolo Preámbulo
- Articolo 1 Objeto y ámbito de aplicación
- Articolo 2 Definiciones
- Articolo 3 Requisitos adicionales
- Articolo 4 Obligaciones de los fabricantes
- Articolo 5 Representantes autorizados
- Articolo 6 Obligaciones de los importadores
- Articolo 7 Obligaciones de los distribuidores
- Articolo 8 Obligaciones de los propietarios
- Articolo 9 Obligaciones de los usuarios
- Articolo 10 Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y distribuidores
- Articolo 11 Identificación de los agentes económicos
- Articolo 12 Conformidad de los equipos a presión transportables y evaluación de la misma
- Articolo 13 Principios generales del marcado Π
- Articolo 14 Reglas y condiciones para la colocación del marcado Π
- Articolo 15 Libre circulación de equipos a presión transportables
- Articolo 16 Autoridad notificante
- Articolo 17 Obligación de información de las autoridades notificantes
- Articolo 18 Requisitos relativos a los organismos notificados
- Articolo 19 Solicitud de notificación
- Articolo 20 Procedimiento de notificación
- Articolo 21 Cambios en la notificación
- Articolo 22 Cuestionamiento de la competencia de organismos notificados
- Articolo 23 Obligaciones operativas de los organismos notificados
- Articolo 24 Obligación de información de los organismos notificados
- Articolo 25 Intercambio de experiencias
- Articolo 26 Coordinación de los organismos notificados
- Articolo 27 Procedimiento en el caso de equipos a presión transportables que plantean un riesgo a nivel nacional
- Articolo 28 Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea
- Articolo 29 Equipo a presión transportable conforme que entraña algún riesgo para la salud y la seguridad
- Articolo 30 Incumplimiento formal
- Articolo 31 Aplicación de los procedimientos de emergencia
- Articolo 32 Priorización de la evaluación de la conformidad de los equipos a presión transportables designados como bienes pertinentes para crisis
- Articolo 33 Excepción a los procedimientos de evaluación de la conformidad que requieren la participación obligatoria de un organismo notificado
- Articolo 34 Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado
- Disposizione adicional primera Reconocimiento de la equivalencia
- Disposizione adicional segunda Inspecciones periódicas
- Disposizione adicional tercera Comunicación de actuaciones
- Disposizione adicional cuarta Competencias del Ministerio de Defensa
- Disposizione transitoria única Revaluación de la conformidad
- Disposizione derogatoria única Derogación
- Disposizione final primera Modificación del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus instrucciones técnicas complementarias
- Disposizione final segunda Título competencial
- Disposizione final tercera Habilitación normativa
- Disposizione final cuarta Entrada en vigor