Real Decreto 817/2015

Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3Definiciones

Articolo 4Definición de los programas de seguimiento

Articolo 5Programa de control de vigilancia

Articolo 6Programa de control operativo

Articolo 7Programa de control de investigación

Articolo 8Requisitos para el control adicional de las masas de agua del registro de zonas protegidas

Articolo 8 bisCaracterización del estado trófico de las masas de agua superficial

Articolo 9Disposiciones generales sobre la evaluación del estado

Articolo 10Elementos de calidad para la clasificación del estado o potencial ecológico para las masas de agua de la categoría ríos

Articolo 11Elementos de calidad para la clasificación del estado o potencial ecológico para las masas de agua de la categoría lagos

Articolo 12Elementos de calidad para la clasificación del estado o potencial ecológico para las masas de agua de la categoría aguas de transición

Articolo 13Elementos de calidad para la clasificación del estado o potencial ecológico para las masas de agua de la categoría aguas costeras

Articolo 14Condiciones de referencia, límites de clases de estado y normas de calidad ambiental de los contaminantes específicos

Articolo 15Procedimiento para la evaluación del estado o potencial ecológico

Articolo 16Especificaciones técnicas para el seguimiento y clasificación del estado ecológico

Articolo 17Normas de calidad ambiental para la clasificación del estado químico

Articolo 18Procedimiento para la evaluación del estado químico

Articolo 19Especificaciones técnicas para el seguimiento y clasificación del estado químico

Articolo 20Aplicación de las normas de calidad ambiental para las sustancias prioritarias y otros contaminantes

Articolo 21Empleo de matrices y taxones de la biota alternativos

Articolo 22Empleo de matrices complementarias

Articolo 23Aplicación de las normas de calidad ambiental para las sustancias preferentes y contaminantes específicos

Articolo 24Análisis de tendencias a largo plazo en sedimento y biota

Articolo 25Lista de observación

Articolo 26Superación de las normas de calidad ambiental en las zonas de mezcla

Articolo 27Elaboración del inventario de emisiones, vertidos y pérdidas

Articolo 28Actualización del inventario de emisiones, vertidos y pérdidas

Articolo 29Superación de las normas de calidad ambiental por contaminación transfronteriza

Articolo 30Sistema de información sobre el estado y calidad de las aguas

Disposizione adicional primeraOrientaciones técnicas de desarrollo de este real decreto

Disposizione adicional segundaEspecialidades sobre determinadas demarcaciones hidrográficas

Disposizione adicional tercera

Disposizione transitoria únicaPlazos para la incorporación de los valores de referencia y límites de cambio de clase y de las normas de calidad ambiental

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraHabilitación competencial

Disposizione final segundaIncorporación del Derecho de la Unión Europea

Disposizione final terceraObligaciones de notificación a la Unión Europea

Disposizione final cuartaModificación del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias

Disposizione final quinta

Disposizione final sextaModificación de Real Decreto 907/2007, de 6 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica

Disposizione final séptima

Disposizione final octavaHabilitación normativa

Disposizione final novenaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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