Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes.
Articolo 1
In vigore · versione del 25 lug 2024
Artículo 1. Objeto.
Este Estatuto tiene por objeto establecer el régimen jurídico de las personas cooperantes, en cumplimiento de lo previsto en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.