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Real Decreto 40 unità

Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso.

Real Decreto 1093/2024es-royal-decree-2024-10-22-109323 ott 2024

Tabaco

  1. Preambolo Preámbulo
  2. Articolo 1 Objeto
  3. Articolo 2 Ámbito de aplicación
  4. Articolo 3 Definiciones
  5. Articolo 4 Instrumentos de planificación
  6. Articolo 5 Instrumentos económicos
  7. Articolo 6 Objetivos y medidas de prevención
  8. Articolo 7 Requisitos de marcado
  9. Articolo 8 Obligaciones del productor inicial de los residuos u otro poseedor relativas a la gestión de los residuos de productos del tabaco con filtros y filtros
  10. Articolo 9 Obligaciones de las administraciones públicas
  11. Articolo 10 Obligaciones adicionales para otros agentes económicos
  12. Articolo 11 Recogida separada
  13. Articolo 12 Evaluación de las medidas
  14. Articolo 13 Creación de la sección de productores de productos del tabaco con filtros y filtros en el Registro de Productores de Productos
  15. Articolo 14 Inscripción en el Registro de Productores de Productos
  16. Articolo 15 Obligaciones anuales de información sobre puesta en el mercado
  17. Articolo 16 Obligaciones del productor del producto
  18. Articolo 17 Constitución y funcionamiento de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor
  19. Articolo 18 Constitución, autorización y funcionamiento de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor
  20. Articolo 19 Obligaciones generales de los sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor
  21. Articolo 20 Disposiciones adicionales relativas a la organización y gestión de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor
  22. Articolo 21 Convenios de las administraciones públicas con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor
  23. Articolo 22 Acuerdos con otros operadores para la financiación de la gestión de los residuos
  24. Articolo 23 Alcance de la contribución financiera de los productores del producto a los sistemas de responsabilidad ampliada
  25. Articolo 24 Garantías financieras
  26. Articolo 25 Información a suministrar por los sistemas de responsabilidad ampliada sobre su gestión
  27. Articolo 26 Obligaciones en materia de transparencia
  28. Articolo 27 Informe anual a la Comisión Europea
  29. Articolo 28 Medidas de concienciación y su financiación
  30. Articolo 29 Colaboración y supervisión del cumplimiento de las obligaciones
  31. Articolo 30 Inspección y control
  32. Articolo 31 Régimen sancionador
  33. Disposizione adicional primera Colaboración entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Comisionado para el Mercado de Tabacos
  34. Disposizione adicional segunda Clasificación de los residuos
  35. Disposizione adicional tercera Aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  36. Disposizione transitoria primera Obligaciones financieras de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor
  37. Disposizione transitoria segunda Inicio del cómputo de las obligaciones de información de los productores
  38. Disposizione final primera Habilitación para el desarrollo reglamentario
  39. Disposizione final segunda Títulos competenciales
  40. Disposizione final tercera Entrada en vigor
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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