Decreto de 4 de febrero de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Epizootias.
Articolo 21
In vigore · versione del 2 gen 2024
Artículo 21.
Cuando la explotación corresponda a ganado vacuno lechero, los equipos veterinarios realizarán en sus trabajos las siguientes pruebas diagnósticas con carácter obligatorio:
a) Prueba serológica de aglutinación para determinar la brucelosis.
b) Intradermorreacción tuberculínica.
c) Investigación de tricomoniasis y perineumonía.
d) Pruebas demostrativas de mamitis infecciosa.