Instrumento de Ratificación del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980.
Articolo 36
In vigore · versione del 1 set 1987
Artículo 36.
Nada de lo dispuesto en el presente Convenio impedirá a dos o más Estados Contratantes, con el fin de limitar las restricciones a las que podría estar sometido el regreso del niño, acuerden mutuamente la derogación de algunas de las disposiciones del presente Convenio que podrían originar esas restricciones.