Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.
Articolo 55
In vigore · versione del 1 gen 2025
Artículo 55. Devengo.
La tasa se devengará al retirar el boleto de entrada y visita a las cuevas o yacimientos prehistóricos.