Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula el régimen de retribuciones del personal al servicio del Tribunal Constitucional.
Articolo 1Ámbito de aplicación
In vigore · versione del 28 lug 2026
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
El régimen retributivo que se establece por el presente Acuerdo será de aplicación al personal al servicio del Tribunal Constitucional, ya se trate de funcionarios, de carrera o eventuales, o de personal en régimen laboral.