Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Articolo 121
In vigore · versione del 23 dic 2022
Artículo 121. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la ocupación temporal de parcelas de la finca El Encín para la instalación de explotaciones para el cultivo de flor cortada y planta ornamental.