Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Articolo 85
In vigore · versione del 23 dic 2022
Artículo 85. Tarifa.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 10.01 Por inspección técnica de vehículos. Por cada inspección técnica de vehículo: 1,00 euro.
Tarifa 10.02 Por catalogación de vehículo histórico: 125,00 euros.
Se modifica por el art. 23.6 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816.
Se modifica por el art. 6.8.1 y 2 de la Ley 7/2007, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-4062.