Decreto Legislativo 2/2009, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de carreteras.
Articolo 28Aprobación
In vigore · versione del 1 gen 2026
Artículo 28. Aprobación.
Corresponde a la persona titular del departamento competente en materia de carreteras de aprobar el anteproyecto de construcción y explotación.