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Resolución 2 unità

Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la segunda Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, O.A., M.P., y la Asociación Española de Criadores de Raza Avileña-Negra Ibérica, para la realización de actividades conjuntas sobre nuevos fenotipos para maximizar el valor de la raza avileña-negra ibérica.

X 10407/boees-x-boe-a-2024-1040723 mag 2024

  1. Allegato UNICO
  2. Sezione di allegato primero Apartado primero. Que, con fecha 8 de mayo de 2018, la Asociación Española de Criadores de Raza Avileña-Negra Ibérica (en la actualidad Real Asociación Española de Criadores de Raza Avileña-Negra Ibérica) y el entonces Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria O.A., M.P. (INIA) firmaron un convenio para la realización de actividades conjuntas sobre nuevos fenotipos para maximizar el valor de la raza Avileña-Negra Ibérica, que se publicó en el BOE núm. 130, de 29 de mayo de 2018. La vigencia de este convenio finalizaba el 28 de mayo de 2022. Segundo. Que este convenio establece en su cláusula novena la posibilidad de que pueda ser prorrogado, cada vez por dos años hasta un máximo de dos veces, previo acuerdo de las partes antes de su finalización, acuerdo que se formalizará mediante la firma de la oportuna acta. Tercero. Que, con fecha 19 de abril de 2022, la Asociación Española de Criadores de Raza Avileña-Negra Ibérica y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., sucesor universal en todos los derechos y obligaciones del INIA en virtud de lo establecido en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo, que establece la integración del INIA en el CSIC, firmaron una adenda de prórroga por dos años del convenio, que se publicó en el BOE núm. 104, de 2 de mayo de 2022. Esta prórroga finalizará el 28 de mayo de 2024. Cuarto. Que las actividades objeto del convenio siguen realizándose con gran satisfacción de las dos partes, por lo que ambas Entidades han manifestado su interés en proseguir con las actividades de investigación desarrolladas hasta ahora, con el objeto de maximizar el valor de la raza Avileña-Negra Ibérica. Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga, que se regirá conforme a las siguientes
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