Sezione di allegato segundoApartado segundo. Solicitudes
Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación y mando que se señalan en el artículo 10 de la Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio, y solicitar la admisión a las pruebas en instancia dirigida al Director General de la Marina Mercante, a la que deberán unirse los siguientes documentos:
1. Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez años de actividad profesional que precedan inmediatamente a la presente convocatoria.
2. Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina Mercante.
3. Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad colaboradora por importe de 46,68 Euros de tasa por puerto, impreso modelo 790, código 001 de derechos de examen, disponible en Capitanías Marítimas o en la Dirección General de la Marina Mercante, así como en cualquier otra dependencia administrativa.
4. Certificaciones de superación de las pruebas físicas y reconocimiento médico inicial, descritas en los puntos octavo y segundo respectivamente, de la Resolución de 29 de julio de 1998, de la Dirección General de la Marina Mercante (BOE núm. 194 de 14 de agosto de 1998).
Sezione di allegato terceroApartado tercero. Presentación de solicitudes
Podrán presentarse en la Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima y sus correspondientes Distritos Marítimos, o bien en los lugares indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente día al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Cuarto. Al día siguiente, o el primer día hábil tras haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Marina Mercante publicará la lista provisional de los solicitantes admitidos y de los excluidos, señalándose en su caso, las causas de la exclusión, concediéndose un período de diez días naturales para subsanación de errores existentes, al término de los cuales se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos. Las citadas listas se publicarán en los tablones de anuncio de la Dirección General de la Marina Mercante y en las Capitanías Marítimas, junto con el lugar y hora señalada para la realización del primer ejercicio de la segunda parte de las pruebas, a realizar en cada puerto. Quinto. Las pruebas se celebrarán a partir del mes de julio del año 2024. Para ello, las fechas se publicarán con la lista de admitidos y excluidos.
Sezione di allegato sextoApartado sexto. Calificaciones
En un plazo no mayor de siete días desde la celebración del primer ejercicio, se publicará en los tablones de anuncio citados en el punto cuarto, la lista de aprobados, así como la hora y lugar señalados para la celebración del segundo ejercicio, estableciéndose igual plazo para la publicación de los resultados del segundo ejercicio, así como los resultados globales correspondientes a esta segunda parte.
Sezione di allegato séptimoApartado séptimo. Órgano de Evaluación de la segunda parte de las pruebas
El Órgano de Evaluación para esta segunda parte de las pruebas figuran en el anexo I.
Sezione di allegato octavoApartado octavo. Certificaciones, período de prácticas y habilitación
Una vez recibida en la Dirección General de la Marina Mercante la lista con los resultados globales obtenidos por cada uno de los aspirantes, esta emitirá la certificación prevista en el artículo 14 del Reglamento General de Practicaje, señalará el período de prácticas correspondientes a cada caso, teniendo en cuenta lo que al respecto señala el artículo 16.4, y estará en lo que habilitación y nombramiento dispone el mencionado Reglamento. Noveno. Los aspirantes que superen esta segunda parte de las pruebas, conservarán el aprobado hasta que haya sido cubierta la plaza convocada en esta resolución, mediante la correspondiente habilitación por la Dirección General de la Marina Mercante, y posterior nombramiento como Prácticos de puerto por la Autoridad Portuaria correspondiente. La presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Madrid, 23 de mayo de 2024.–El Director General de la Marina Mercante, Gustavo Santana Hernández.
Allegato I
Bilbao Tribunal titular: Presidente: Doña Ursula Sánchez-Reseco López. Vocal: Don Daniel Briz Matesanz. Vocal: Don Unai Tejedor Bilbao. Vocal: Don José Ramón Marín García. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano. Tribunal suplente: Presidente: Don Ignacio Gallego Carro. Vocal: Doña María del Mar Navarrete Sierra. Vocal: Don Andima Ormaetxe Bengoa. Vocal: Don Enrique Azkarate Eizaguirre. Secretario: Don José Luis Gamboa Alegría. Vigo y su Ría Tribunal titular: Presidente: Don Fernando Martín Pellicer. Vocal: Don Francisco Javier Lorenzo González. Vocal: Doña María Dolores Rois Orza. Vocal: Don Emilio Arestín Rivas. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano. Tribunal suplente: Presidente: Don Angel Rodríguez López. Vocal: Don Domingo Pose Edrera. Vocal: Don José Ignacio Villar García. Vocal: Don Miguel Angel González Ramos. Secretario: Don Amador Castro Pereira. Huelva Tribunal titular: Presidente: Don Miguel Quintero Fernández. Vocal: Don Juan Manuel Guerra Aragón. Vocal: Don Salvador J. Cala Cava. Vocal: Don Ramón Francisco Villegas. Secretario: Doña Amelia González Abad. Tribunal suplente: Presidente: Don Israel Rodríguez Fuster. Vocal: Don Rafael Bonald Reboul. Vocal: Don Vidal González Ruibal. Vocal: Don Darío Gutiérrez Girón. Secretario: Don Adán R. Palomar Hernández. Puerto del Rosario Tribunal titular: Presidente: Don Ignacio Gallego Carro. Vocal: Doña María del Mar Navarrete Sierra. Vocal: Don Antonio Manuel Castellano. Vocal: Don Jonathan García García. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano. Tribunal suplente: Presidente: Don Rafael Bonald Reboul. Vocal: Don Israel Rodríguez Fuster. Vocal: Don Iván Suárez Martín. Vocal: Don David Jesús Brito Hernández. Secretario: Doña Amelia González Abad. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid