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Resolución 2 unità

Resolución de 26 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red.

X 11026/boees-x-boe-a-2024-1102631 mag 2024

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio. Segundo. Que el Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red (en adelante, CIBER) es un consorcio del sector público estatal de los previstos en el artículo 118 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, creado por iniciativa del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P. y tiene por objetivo impulsar la investigación de excelencia en Biomedicina y Ciencias de la Salud que se realiza en el Sistema Nacional de Salud y en el Sistema de Ciencia y Tecnología; tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, y ejerce sus funciones con autonomía e independencia respecto de las Administraciones Públicas. Tercero. Que el CIBER, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, tiene actualmente suscrito un convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 22 de marzo de 2022, con la Abogacía General del Estado. Cuarto. Que al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica al CIBER, ambas partes consideran conveniente la designación por la Abogada General del Estado de uno o más Abogados del Estado en activo que actúen como coordinadores directos de la asistencia jurídica. Quinto. Que el texto del «convenio tipo» de asistencia jurídica ha sido informado por la Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia. Sexto. Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente convenio, de acuerdo con las siguientes:
  2. Allegato UNICO
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Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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