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Resolución de 4 de abril de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Arteixo, en materia de seguridad y sostenibilidad ambiental.

Allegato UNICO

Sezione di allegato primeroApartado primero. Que entre las competencias de la Autoridad Portuaria están las de prestación de los servicios generales y la gestión y control de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de seguridad y sostenibilidad ambiental, y entre sus funciones están las de controlar en el ámbito portuario, el cumplimiento de la normativa que afecte a la admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas, al igual que los sistemas de seguridad y de protección ante acciones terroristas y antisociales, contra incendios y de prevención y control de emergencias en los términos establecidos por la normativa sobre protección civil, y lucha contra la contaminación marina, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de las Administraciones públicas, así como colaborar con las Administraciones competentes sobre protección civil, prevención y extinción de incendios y salvamento. Segundo. Que el Ayuntamiento de Arteixo dispone en su organigrama, dentro de la Concejalía de Seguridad, del Área de Seguridad, que engloba los Cuerpos de Policía Local y el servicio de Emergencias municipal, así como cuenta con un departamento de Medioambiente. Tercero. Que la Autoridad Portuaria tiene entre sus competencias la prevención y control de las emergencias por contaminación en la zona de servicio de los puertos que gestionen, y entre sus funciones controlar en el ámbito portuario, el cumplimiento de la normativa que afecte a la admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas, al igual que los sistemas de seguridad y de protección ante acciones terroristas y antisociales, contra incendios y de prevención y control de emergencias en los términos establecidos por la normativa sobre protección civil, y lucha contra la contaminación marina, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de las Administraciones públicas, así como colaborar con las Administraciones competentes sobre protección civil, prevención y extinción de incendios y salvamento, y el impulso de la formación de su personal y desarrollar estudios e investigaciones en materias relacionadas con la actividad portuaria y la protección del medio ambiente, así como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o empresas, ya sean nacionales o extranjeras. Cuarto. Que el Ayuntamiento de Arteixo apuesta de manera decidida por el trabajo en acciones tendentes a la prevención de situaciones de emergencia, diseño de planes de actuación ante dichas situaciones y sostenibilidad medioambiental como eje vertebrador del presente convenio. Quinto. Que el Ayuntamiento de Arteixo y la Autoridad Portuaria de A Coruña están de acuerdo en que cabe una acción coordinada de ambos organismos en materia de prevención y extinción de incendios y ante situaciones de emergencia, así como de promoción de la sostenibilidad ambiental en el entorno del puerto. Sexto. El presente convenio se suscribe de conformidad con el título III de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También es de conformidad con el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El presente convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Séptimo. Con base en todo lo anteriormente expuesto, y dada la convergencia de propósitos, las partes acuerda suscribir el presente acuerdo para la ejecución y desarrollo del convenio en materia de seguridad y medio ambiente. Octavo. Finalmente, las partes manifiestan que es su común voluntad la de consolidar una situación de colaboración, de tal manera que el presente acuerdo debe ser interpretado en cuanto favorezca la permanencia de buena fe de esa relación, sobre las bases que aquí se establecen. En virtud de lo anterior vienen a suscribir el presente convenio sobre la base de las siguientes

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