Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Mahou, SA.
Disposizione final primeraComisión Mixta de interpretación (Comisión Paritaria)
Las funciones de la Comisión Mixta de Interpretación son: 1.º Interpretación del convenio. 2.º Arbitraje de los problemas o cuestiones que le sean sometidos. 3.º Conciliación de los problemas de lo pactado. 4.º Vigencia del cumplimiento de lo pactado. 5.º Otras actividades que ayuden a la eficacia práctica del convenio. Los miembros de dicha comisión paritaria serán los siguientes: Representación de los trabajadores/as: Aurelio Sánchez García. Rosa Garijo Menchón. Cándido Álvarez Roces. Antonio Brunete Aguado. Jesús Miguel Barquín González. Alfonso Díez Molina. Fernando Lamata Zamorano. Celia Padial. Emilio Jabonero García-Conde. Miguel Marín Rodríguez. Julio Reales Sierra. Raúl Santiago Gómez Sánchez. Miguel Ángel Rodríguez. Pilar Cotet Pujadas. Representación de la empresa: Jesús Domingo Domingo. José María García López. Mercedes Almendro Hodgson. Rosario Rubio López.