Decreto 27/2024, de 26 de marzo, por el que se declara bien de interés cultural el yacimiento arqueológico "La Nava", del término municipal de Cabeza del Buey (Badajoz), con la categoría de zona arqueológica.
Allegato II
Delimitación de la Zona Arqueológica y su entorno de protección – Delimitación y justificación de la Zona Arqueológica. Para la delimitación de la Zona Arqueológica se han tenido en cuenta todas las evidencias directas de construcciones antiguas se concentran sobre un área aplanada, con cierta inclinación hacia el sur, con una extensión algo superior a una hectárea –11.300 m 2 –. Se trata de las estructuras confirmadas arqueológicamente en las distintas campañas de excavación. De E a O, desde el extremo oriental del edificio «basilical» del ámbito A, hasta los restos de construcciones constatadas en superficie junto al ángulo SO del complejo termal. Este espacio se configura como una elipse o forma oblonga, cuyo centro coincide con el núcleo central –«ámbito B»– o área residencial del complejo. A continuación, se expresan los límites geográficos de dicho perímetro alrededor del bien, entendido éste como el conjunto de vestigios contrastados arqueológicamente. En este sentido, para la determinación del entorno de protección se han tenido en cuenta las parcelas afectadas por la delimitación objetiva de la superficie ocupada por los restos arqueológicos son: Dirección Referencia catastral Polígono 60, Parcela 58.
06023A060000580000FT
Polígono 60, Parcela 60.
06023A060000600000FL
Polígono 60, Parcela 62.
06023A060000620000FF
Polígono 60, Parcela 63.
06023A060000630000FM
Polígono 60, Parcela 64.
06023A060000640000FO
Polígono 60, Parcela 65.
06023A060000650000FK
Polígono 60, Parcela 66.
06023A060000660000FR
Polígono 60, Parcela 67.
06023A060000670000FD
Polígono 60, Parcela 68.
06023A060000680000FX
Polígono 60, Parcela 69.
06023A060000690000FI
Polígono 60, Parcela 70.
06023A060000700000FD
Polígono 60, Parcela 93.
06023A060000930000FT
Para una mejor comprensión, se incluye el listado de coordenadas de los puntos que determinan la polilínea que define la Zona Arqueológica. Sistema de referencia ETRS89. Proyección UTM, huso 30. Unidades expresadas en metro con apreciación hasta el centímetro.
X=305102
Y=4284554
X=305132
Y=4284636
X=305267
Y=4284654
X=305289
Y=4284606
X=305221
Y=4284558
X=305158
Y=4284530
X=305120
Y=4284523
X=305120
Y=4284523
X=305110
Y=4284537
X=305102
Y=4284554
En el área protegida como Zona Arqueológica se incluyen además las carreteras, caminos y canales que estén situados dentro de sus límites, tal y como se detalla en el plano anexo. – Delimitación y justificación del entorno de protección. No sería posible la declaración de la Zona Arqueológica que constituye «La Nava» sin proteger su entorno inmediato, con el fin de prevenir cualquier afección a los restos arqueológicos asociados a esta, así como para cuidar su entorno visual y ambiental inmediato, garantizando la mejor contemplación posible del bien. Ha de tenerse en cuenta la parcialidad de los datos arqueológicos, aportados por las distintas campañas de excavaciones y la complejidad arquitectónica y espacial de las grandes instalaciones rurales de época romana, donde la parte meramente residencial constituye el núcleo de un conjunto mayor, en el que se integran almacenes talleres, presas y conducciones hidráulicas, que no han sido identificadas por el momento y que se prevé existan en el entorno, en una superficie notablemente superior a la delimitada inicialmente. Es así como, atendiendo a los parámetros establecidos en el artículo 39.3 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, para la definición de los entornos de protección en elementos de naturaleza arqueológica, se procede a la delimitación de un área como entorno de protección para la «La Nava» que se corresponde con 200 m a contar desde los límites que describe la Zona Arqueológica. Los límites de este espacio delimitado como entorno de BIC se inscriben parcialmente en las siguientes parcelas del polígono 60 del término municipal de Cabeza del Buey, en los parajes denominados «Los Gavilanes» y «La Nava». De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión de las siguientes parcelas, afectadas de manera total o parcial, por la delimitación del entorno la Zona Arqueológica, con las siguientes con las siguientes referencias catastrales: Dirección Referencia catastral Polígono 60, Parcela 11.
000100100UH08D0001GJ
Polígono 60, Parcela 6.
000100600UH08D0001FJ
Polígono 57, Parcela 57.
06023A057000570000FL
Polígono 57, Parcela 58.
06023A057000580000FT
Polígono 57, Parcela 58.
06023A057000580001GY
Polígono 57, Parcela 60.
06023A057000600000FL
Polígono 57, Parcela 61.
06023A057000610000FT
Polígono 57, Parcela 78.
06023A057000780000FH
Polígono 60, Parcela 16.
06023A060000160000FA
Polígono 60, Parcela 18.
06023A060000180000FY
Polígono 60, Parcela 51.
06023A060000510000FA
Polígono 60, Parcela 55.
06023A060000550000FQ
Polígono 60, Parcela 57.
06023A060000570000FL
Polígono 60, Parcela 58.
06023A060000580000FT
Polígono 60, Parcela 58.
06023A060000580001GY
Polígono 60, Parcela 59.
06023A060000590000FF
Polígono 60, Parcela 60.
06023A060000600000FL
Polígono 60, Parcela 60.
06023A060000600001GB
Polígono 60, Parcela 61.
06023A060000610000FT
Polígono 60, Parcela 61.
06023A060000610001GY
Polígono 60, Parcela 62.
06023A060000620000FF
Polígono 60, Parcela 63.
06023A060000630000FM
Polígono 60, Parcela 64.
06023A060000640000FO
Polígono 60, Parcela 65.
06023A060000650000FK
Polígono 60, Parcela 66.
06023A060000660000FR
Polígono 60, Parcela 67.
06023A060000670000FD
Polígono 60, Parcela 68.
06023A060000680000FX
Polígono 60, Parcela 69.
06023A060000690000FY
Polígono 60, Parcela 70.
06023A060000700000FD
Polígono 60, Parcela 71.
06023A060000710000FX
Polígono 60, Parcela 72.
06023A060000720000FI
Polígono 60, Parcela 73.
06023A060000730000FJ
Polígono 60, Parcela 74.
06023A060000740000FE
Polígono 60, Parcela 75.
06023A060000750000FS
Polígono 60, Parcela 83.
06023A060000830000FA
Polígono 60, Parcela 84.
06023A060000840000FB
Polígono 60, Parcela 85.
06023A060000850000FY
Polígono 60, Parcela 93.
06023A060000930000GY
Polígono 57, Parcela 9004.
06023A057090040000FZ
Polígono 57, Parcela 9005.
06023A060090050000FU
Para una mejor comprensión, se incluye el listado de coordenadas de los puntos que determinan la polilínea que define la Zona Arqueológica. Sistema de referencia ETRS89. Proyección UTM, huso 30. Unidades expresadas en metro con apreciación hasta el centímetro.
X=304918
Y=4284477
X=304902
Y=4284549
X=304914
Y=4284622
X=304943
Y=4284704
X=304980
Y=4284766
X=305036
Y=4284812
X=305105
Y=4284835
X=305240
Y=4284853
X=305303
Y=4284851
X=305363
Y=4284830
X=305413
Y=4284791
X=305448
Y=4284738
X=305470
Y=4284690
X=305488
Y=4284623
X=305482
Y=4284554
X=305453
Y=4284491
X=305404
Y=4284442
X=305336
Y=4284394
X=305304
Y=4284377
X=305241
Y=4284348
X=305191
Y=4284332
X=305153
Y=4284326
X=305097
Y=4284324
X=305044
Y=4284338
X=304996
Y=4284366
X=304958
Y=4284406
X=304948
Y=4284419
X=304925
Y=4284459
X=304918
Y=4284477
En el área protegida como Zona Arqueológica se incluyen además las carreteras, caminos y canales que estén situados dentro de sus límites, tal y como se detalla en el plano anexo.