Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo WFS Ground Handling.
Articolo 48Revisión salarial
Para los años 2024 y 2025, con efectos de 1 de enero de cada uno de ellos, se acuerda un incremento del 3,30 % sobre todos los conceptos que figuran en las Tablas Salariales y se regulan en los artículos 45 y 46 de este convenio. Una vez conocido el IPC de 2025, se procederá a actualizar las Tablas Salariales, con efectos de 1 de enero de 2026, lo que se llevará a cabo del siguiente modo: Finalizada la vigencia del convenio, los conceptos retributivos regulados en los artículos 45 y 46 de este convenio, se actualizarán, con efectos 1 de enero de 2026, en un 1 %. Asimismo, en el caso de que el IPC acumulado durante los años 2022 a 2025 sea superior al 11 % (porcentaje que resulta de la suma de porcentajes de incremento realizados en los años 2022 a 2025, conforme al V Convenio colectivo del Sector de Handling , sin contar el 1 % a que se refiere el párrafo anterior), las Tablas Salariales se actualizarán, con efectos 1 de enero de 2026 de acuerdo con los siguientes parámetros: El incremento queda topado en un 20 % del cual se restará el 11 % que se habrá ido incrementando cada uno de los años (sin contar el 1 % a que se refiere el párrafo anterior). En todo caso, para la suma de los IPC de cada uno de los años, se tomará como mínimo el % acordado para cada uno de los años de vigencia del V Convenio colectivo del Sector de Handling. Esta regularización se aplicará, a los conceptos retributivos regulados en los artículos 45 y 46 de este convenio. Las Tablas Salariales resultantes de los incrementos para los años 2024 y 2025 figuran en los anexos I y II.
Prevención de riesgos laborales y salud laboral