Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
Articolo 57Complemento por incapacidad temporal (I.T.)
En caso de enfermedad o accidente la Empresa pagará hasta el 100 % del sueldo o salario real.