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Resolución 1 unità

Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica el Convenio con el Gobierno del País Vasco, para el desarrollo del Sistema de Información Urbana.

X 9134/boees-x-boe-a-2024-91347 mag 2024

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. Que el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ejerce, a través del Director General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, las competencias que, conforme a lo establecido en el artículo 149.1.1 de la Constitución, corresponden a la Administración General del Estado en materia de vivienda y suelo, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.3.A) del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Que, de acuerdo con lo previsto en las letras d) y j) del artículo 5.2 del citado Real Decreto, la Dirección General de Vivienda y Suelo, ejerce, entre otras, las siguientes funciones: – El diseño, el mantenimiento y la actualización del sistema de información urbana a que se refiere la Disposición adicional primera del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, para la recogida y tratamiento de datos estadísticos sobre urbanismo y suelo, en coordinación con las demás administraciones competentes en la materia. – El fomento y la elaboración de estudios y trabajos de investigación en materia de suelo, así como la recopilación y difusión de información sobre dicha materia. Que, estando entre los ejes estratégicos de la política de vivienda y suelo la concertación y coordinación entre Administraciones Públicas, agentes del sector y colectivos sociales, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha presentado a las comunidades autónomas el Sistema de Información Urbana (en adelante, SIU) que recoge la citada Disposición adicional primera del texto refundido de la ley de suelo, cuyo objeto es promover la máxima transparencia a través de la publicación y difusión de información sobre suelo y urbanismo en España. El SIU se concibe como un sistema cooperativo que está coordinado con los sistemas de información de las distintas administraciones competentes en la materia y cuyos principales objetivos son: – Incorporar transparencia en suelo y urbanismo, como herramientas de gestión pública y privada y vehículos de información ciudadana. – Conocer el planeamiento en vigor. – Conocer la disponibilidad de suelo y la evolución en su ocupación. – Incorporar información de oferta y demanda de viviendas y otros usos. – Asegurar la compatibilidad con otros sistemas nacionales y europeos. Segundo. Que el Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, en los apartados a) y c) del artículo 1 se atribuyen, entre otras, al Consejero las siguientes líneas de actuación: – Ordenación del territorio y del litoral. – Suelo y urbanismo. En virtud de las competencias en dichas áreas de actuación y como instrumento de apoyo a la ordenación del territorio, el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes dispone desde 1993 de un Sistema de Información Geográfica y banco de datos territoriales sobre la totalidad del suelo de la CAPV denominado «Udalplan». Dicho instrumento recoge anualmente la información del planeamiento vigente en cada municipio y en concreto la Estructura General y Orgánica y la Calificación del Suelo, así como su Clasificación. Consta además de una base de datos alfanumérica que refleja en cada municipio el grado de ejecución de cada área definida en el planeamiento. Esta base se completa con una serie de cuadros resumen con la información por Áreas Funcionales, Provincias o Territorios Históricos y Comunidad Autónoma. Tercero. Que el Grupo de Trabajo del SIU (en adelante, GTSIU), creado el 26 de junio de 2008 e integrado por representantes del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, de las Comunidades Autónomas, Entidades Locales y de otras instituciones y organismos relacionados con la información territorial, tiene la misión de facilitar la cooperación y coordinación entre todos sus integrantes y consensuar unos contenidos temáticos comunes mínimos accesibles a través de tecnología estandarizada. Cuarto. Que por ello ambas partes desean suscribir el presente convenio para implantar acciones encaminadas a establecer la necesaria coordinación y complementación para que la información urbanística sea efectivamente accesible y pública al máximo nivel. Quinto. Que, sobre la base de las anteriores consideraciones, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y la Consejería de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, manifiestan su voluntad de formalizar el presente convenio con arreglo a las siguientes
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