🇪🇸 Spagna
Resolución 3 unità

Resolución de 26 de abril de 2024, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Vigo, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración del antiguo edificio del Rectorado y del Centro Comercial A Laxe, en el marco de la "Convocatoria del Plan Nacional de territorios inteligentes de la Agenda Digital para España. Pilotos de edificios inteligente".

X 9371/boees-x-boe-a-2024-93719 mag 2024

  1. Allegato UNICO
  2. Sezione di allegato primero Apartado primero. Que el Ayuntamiento de Vigo como Administración local, tiene establecidas sus competencias de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL), que señala que, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, los ayuntamientos, pueden promover toda clase de actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de los vecinos. Dentro de su ámbito competencial, el Ayuntamiento de Vigo viene desarrollando actuaciones encaminadas a la mejora de todos los ámbitos de gestión con la incorporación de las TIC. Entre estas actuaciones figuran iniciativas incluidas en la «Agenda Digital para España» como la convocatoria para el desarrollo del proyecto «Piloto de Edificios Inteligentes» que, entre otros objetivos, busca facilitar a las ciudades el proceso de transformación hacia una ciudad inteligente. Segundo. Que el Consorcio de la Zona Franca de Vigo (en adelante «CZFV»), creado mediante el Decreto de 20 de junio de 1947, es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica y, por lo tanto, plena capacidad para realizar cuantos actos se dirijan a la consecución de sus fines, tal y como figuran en su Estatuto Fundacional aprobado por la Orden del Ministerio de Hacienda de 24 de julio de 1951, entre los que se encuentran la contribución al desarrollo y dinamización económica y social de su área de influencia. Tercero. Que el CZFV está legitimado para proceder a la suscripción del presente convenio, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de su Reglamento Orgánico, aprobado por Orden Ministerial de 24 de julio de 1951. El artículo 20 del mencionado Reglamento, faculta expresamente al Comité ejecutivo del CZFV para decidir, celebrar y ejecutar cuantos actos o contratos sean necesarios para el establecimiento y administración de la Zona Franca, en lo que no esté atribuido al Pleno, a través de su Delegado Especial del Estado, como presidente del dicho Comité ejecutivo (artículo 25). Cuarto. Que el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que las Administraciones públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público, que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sustentabilidad financiera. Quinto. Que, mediante Resolución de 4 de diciembre de 2017 de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se establecieron las bases reguladoras, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 309, de 21 de diciembre de 2017, en lo sucesivo la Convocatoria. Sexto. Que, por Resolución de 5 de diciembre de 2017 de la Entidad Pública Empresarial Red.es (en lo sucesivo «Red.es»), se aprobó la Convocatoria de ayudas para el desarrollo del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España, Pilotos de Edificios Inteligentes, cuyo extracto fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 316 de 29 de diciembre de 2017. Séptimo. Que el Ayuntamiento de Vigo se presentó a la mencionada Convocatoria con el proyecto «Vigo Edificios Inteligentes. Una Ciudad para las personas. Accesible, Eficiente y Comprometida» (en lo sucesivo «VEI»), el cual se desarrolló como una unidad lógica de actuación respecto al modelo de bienestar de la ciudad de Vigo dirigido al objetivo común de mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos, donde se identifica a 172 edificios cuya localización y distribución, de acuerdo con el principio de equidad geográfica, sirven para integrar una Red Inteligente como núcleo que informa el proyecto. En el siguiente enlace se puede acceder al dossier informativo relativo a este proyecto: https://www.red.es/es/iniciativas/proyectos/objetos-internos-de-ciudad/vigo. Octavo. Que finalizado el plazo establecido para resolver los defectos enmendables, la Comisión de Evaluación emitió, con fecha 5 de diciembre de 2018, el Informe con el resultado de las enmiendas requeridas, incluyendo al Ayuntamiento de Vigo en la lista de solicitantes admitidos, que se publicó en el perfil del contratante de Red.es el 13 de diciembre de 2018. En virtud de la orden de prelación establecido y teniendo en cuenta la territorialización del presupuesto contemplada en el apartado octavo de la Convocatoria, el Director General de Red.es resolvió, el 27 de febrero de 2019, seleccionar como beneficiario al Ayuntamiento de Vigo con indicación del presupuesto solicitado, la puntuación total obtenida tras la evaluación de los criterios de otorgamiento de las ayudas y la cuantía máxima de la ayuda. Aportación Red.es Entidad local Nombre e iniciativa Presupuesto máximo – Euros Porcentaje Cof. Cuantía máxima – Euros Ayuntamiento de Vigo. Vigo Edificios Inteligentes. 4.999.999,98 80 3.999.999,98 En consecuencia, de conformidad con lo expuesto, las Partes firmantes acuerdan formalizar el presente convenio con sujeción a las siguientes
  3. Allegato I
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io