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Resolución 2 unità

Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad y el Centro de Investigaciones Sociológicas, para la realización del estudio Barómetro Sanitario en su edición de 2024.

X 9440/boees-x-boe-a-2024-944010 mag 2024

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. Que en virtud del artículo 17 del Real Decreto 829/2023 de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Sanidad, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud. Segundo. Que de conformidad con los párrafos f) y e) del artículo 3.4 del Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, le corresponde a la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación para el Sistema Nacional de Salud elaborar el Informe Anual del Sistema Nacional de Salud con un enfoque integral de la salud y su protección y desde la perspectiva de la equidad, la calidad y la eficiencia. Del mismo modo asume la competencia de realizar informes periódicos de evaluación sobre la situación de salud, el funcionamiento, desempeño, y resultados del sistema sanitario y su análisis comparativo con otros sistemas sanitarios, incluidas las expectativas y opinión ciudadana sobre el sistema sanitario y los resultados percibidos por los pacientes. La Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación para el Sistema Nacional de Salud asume igualmente la competencia de elaborar y gestionar el Plan Estadístico sobre la salud y el sistema sanitario para fines estatales, así como los de interés general supracomunitario y los que se deriven de compromisos con organizaciones supranacionales e internacionales. Tercero. Que el CIS es un Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas, tiene entre sus funciones la realización de estudios que contribuyan al conocimiento científico de la sociedad española y la realización de estudios que proporcionen diagnósticos sobre situaciones y asuntos sociales y sirvan de orientación a los poderes públicos en sus iniciativas normativas y ejecutivas, incluyendo además estos datos en su Banco de Datos de disposición pública. Por ello, el CIS está igualmente interesado en la realización de estudios de expectativas y opinión de la ciudadanía sobre la salud y el sistema sanitario y tiene interés en incorporar en el Barómetro Sanitario una serie de variables, comunes a otros estudios, que contribuyen al mantenimiento del Fichero de Datos Integrados (FID), herramienta de investigación puesta a disposición pública que permite la extracción integrada de los microdatos de dichas variables. Cuarto. Que, atendiendo a lo expuesto en los párrafos anteriores, ambos organismos vienen realizando el «Barómetro Sanitario» desde el año 1995, estudio que posteriormente se incorporó como operación estadística al Plan Estadístico Nacional 2005-2008 y que se mantiene actualmente en dicho plan con el número 8755 (Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2021-2024) estableciéndose que el Ministerio de Sanidad y el CIS intervienen en la elaboración de dicha operación estadística. Quinto. Que el presente convenio se instrumenta igualmente de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, que prevé la suscripción, por parte del CIS, de convenios de cooperación con entes y organismos públicos para la realización de investigaciones, estudios o encuestas de carácter sociológico. Adicionalmente su regulación se ajusta a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que define el régimen jurídico y los elementos esenciales de este tipo de instrumentos de colaboración administrativa. Por lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio para la realización conjunta del «Barómetro Sanitario 2024», con arreglo a las siguientes
  2. Allegato UNICO
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