Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo general de ámbito estatal para el sector del estacionamiento regulado en superficie y retirada y depósito de vehículos de la vía pública.
Articolo 39Trabajos de categoría profesional inferior no correspondientes al mismo grupo profesional
Si por razones técnicas u organizativas, la empresa precisa destinar a un trabajador/a a tareas correspondientes a categoría profesional inferior a la suya no correspondientes al mismo grupo profesional, sólo podrá hacerlo por el tiempo imprescindible, manteniéndole en todo caso la retribución y demás derechos inherentes a su categoría profesional y comunicándolo, cuando proceda, a la representación legal de los trabajadores en la empresa.