Resolución de 30 de abril de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano.
Articolo 62
Se podrán seleccionar, en las papeletas oficiales, tantos candidatos como corresponda elegir en cada circunscripción por estamento y toda papeleta con más indicaciones o con tachaduras que den lugar a dudas, serán consideradas nulas, admitiéndose el voto en blanco con la simple introducción de la papeleta sin indicación o dejando el sobre sin contenido. Se admitirá el voto por correo, todo ello de conformidad con el contenido del reglamento electoral.