Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Skytanking Spain, SLU.
Articolo 36Devengo y pago de los pluses
Los pluses y complementos regulados en los artículos anteriores se devengan en función de las especiales condiciones de prestación de los servicios a que se refieren y se abonarán en la nómina del mes siguiente al de su devengo.