Sezione di allegato terceroApartado tercero. Valoración del supuesto previsto en el punto 7 del artículo 9 de la Circular 4/2019
Según el punto 7 del artículo 9 de la Circular 4/2019, en el supuesto excepcional de que el operador del sistema incurra en costes durante el periodo regulatorio p por nuevas obligaciones regulatorias imprevistas que superen el saldo de la cuenta regulatoria del periodo p , estos costes podrán incorporarse a la cuenta regulatoria del periodo siguiente ( p+1 ), siempre que estén debidamente justificados. Este supuesto se ha dado en el periodo regulatorio 2023-2025, como se ha indicado en el punto anterior, ya que se agotó el saldo de la cuenta regulatoria en el año 2024. Por lo tanto, los costes justificados de 2024 y 2025 que se incorporan a la cuenta regulatoria del período 2026-2028, ascienden a 14.144.014 euros. Este importe será recuperado por el OS durante el siguiente período regulatorio 2026-2028, de acuerdo con el punto 7 del artículo 9 de la Circular 4/2019.
Sezione di allegato cuartoApartado cuarto. Trámite de audiencia y valoración de las principales alegaciones
Con fecha 2 de julio de 2026, se ha sometido a audiencia de los interesados la propuesta de resolución del saldo de la cuenta regulatoria, a efectos de que pudieran alegar sobre las consideraciones y cálculos realizados. A tal fin, la propuesta fue remitida al Consejo Consultivo de Electricidad, publicada en la página web de la CNMC y remitida al operador del sistema. Concluido el trámite de audiencia, se han recibido alegaciones de [****]. Un agente considera necesario abordar la recuperación de costes asociados al incremento de actividad, tanto en materia de sistemas de información como de personal, ya sea a través de la cuenta regulatoria o en la determinación de los parámetros retributivos definitivos del periodo regulatorio 2026-2028. Asimismo, solicita que se reconozcan los costes relativos a viajes asociados a proyectos europeos y la totalidad de los costes de cálculo de ajustes de protecciones. Estas cuestiones ya han sido analizadas y valoradas en los apartados anteriores de la presente resolución. Además, en relación con el descuadre detectado en los costes del proyecto SIDC correspondientes a 2023, [****]. Por su parte, otro agente solicita una mayor justificación y un análisis más exhaustivo de determinadas partidas de costes que presentan incrementos significativos respecto a ejercicios anteriores, así como una estimación de su posible evolución futura. En relación con esta alegación, se ha incorporado en la presente resolución una descripción más detallada de las principales partidas de costes objeto de observación. Asimismo, en relación con las partidas correspondientes a ENTSO-E y CORESO, la CNMC ha verificado la documentación justificativa aportada por el OS. No obstante, el nivel de desagregación disponible en la documentación remitida por dichas entidades no permite verificar con mayor nivel de detalle las actividades concretas incluidas en los importes facturados. En cuanto a la solicitud de realizar proyecciones futuras, la CNMC reitera lo indicado en la memoria de la resolución por la que se establece la cuantía provisional de retribución del operador del sistema eléctrico para 2026 y los precios a repercutir a los agentes (RAP/DE/004/25), en el sentido de que la cuenta regulatoria tiene por objeto cubrir costes derivados de nuevas funciones atribuidas al operador del sistema durante el periodo regulatorio y que, por su propia naturaleza, dichas funciones no son conocidas con carácter previo, por lo que no resulta posible realizar una estimación razonablemente fundada de los costes futuros asociados a las mismas. Finalmente, un agente formula alegaciones relativas al tratamiento de los impagos de comercializadoras, la suficiencia de las garantías exigidas por el operador del sistema y la eventual asunción de dichos costes por el propio operador del sistema. Asimismo, plantea diversas propuestas de modificación normativa en estas materias. La CNMC considera que, tanto estas cuestiones como las alegaciones relativas al diseño general de la retribución del operador del sistema y de sus incentivos, exceden el objeto de la presente resolución, que se limita a la validación de los costes imputados a la cuenta regulatoria correspondientes al ejercicio 2025 y al cálculo de su saldo. Por todo lo anterior, conforme a las funciones asignadas en el artículo 7.1.i) de la Ley 3/2013 de 4 de junio y de conformidad con la Circular 4/2019, previo trámite de audiencia, La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, resuelve:
Sezione di allegato primeroApartado primero. Saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2025
De conformidad con el artículo 9, punto 4, de la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, el saldo de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones en el periodo 2023-2025, al término del ejercicio 2025, es de 0 euros.
Sezione di allegato segundoApartado segundo. Saldo que se incorpora a la cuenta regulatoria del período 2026-2028
En aplicación del punto 7 del artículo 9 de la Circular 4/2019, el importe del ejercicio 2025 que se incorpora a la cuenta regulatoria del periodo 2026-2028 asciende a 9.554.574 euros. Por lo tanto, sumando este saldo al importe incorporado del ejercicio 2024 (4.589.440 euros) y a los 18.000.000 euros iniciales previstos, el saldo de la cuenta regulatoria del periodo 2026-2028 se incrementa hasta 32.144.014 euros. Esta resolución pone fin a la vía administrativa y puede interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Se hace constar que frente a la presente resolución no cabe interponer recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC. Madrid, 29 de septiembre de 2026.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid