Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Severiano Servicio Móvil, SAU.
Articolo 41Plus de jefatura de equipo
Las personas trabajadoras que además de realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo hayan sido designadas por la dirección de la empresa para desempeñar la función de jefatura de equipo supervisando y controlando a un grupo de personas trabajadoras, en número no inferior a tres ni superior a ocho, percibirán la cantidad de 46,43 euros brutos al mes, en concepto de plus de jefatura de equipo, que no tendrá carácter consolidable. Dicho plus se percibirá, exclusivamente, mientras realice las funciones de jefatura de equipo y se abonará en 12 mensualidades, dejando de percibirse desde el momento en que no realice las funciones citadas. En caso de realizar la función de jefatura de equipo en días sueltos se percibirá la cuantía de 2,21 euros brutos por día efectivamente trabajado. Este plus se incrementará anualmente acorde al porcentaje de incremento salarial fijado para las tablas de salario base en el convenio, para cada uno de los años de vigencia.