Allegato UNICO
Criterios de distribución y reparto resultante del crédito para la financiación del Impulso y Calidad de la Formación Profesional El crédito concedido en la línea de actuación 6.1 «Campeonatos Skills», la línea de actuación 6.3 «Movilidad del alumnado y personas en formación», la línea de actuación 6.4 «Implementación de proyectos en formación profesional» y la medida 3.e.05 «Estancias del profesorado y formadores en empresas, centros de FP y centros de excelencia», perteneciente a la línea 6.5 «Formaciones y estancias formativas», se ha distribuido empleando los siguientes criterios de reparto aprobados en la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 3 de junio de 2026 con carácter anual: – Número de alumnos matriculados en todos los niveles de Formación Profesional, modalidad presencial y a distancia, en centros públicos (40 %). – Número de profesorado que imparte enseñanzas de Formación Profesional en centros públicos (25 %). – Número de centros públicos que imparten enseñanzas de Formación Profesional (20 %). – Coeficiente por brecha de género. Alumnado matriculado en Formación Profesional, modalidad presencial y a distancia, en centros públicos (5 %). – Tasa de riesgo de pobreza (5 %). – Dispersión geográfica de las Administraciones Públicas (5 %). La cuantía asignada a cada C.A. es distribuida proporcionalmente a los criterios de distribución a través de los datos proporcionados por la Subdirección General de Estadística y Estudios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, del Instituto Nacional de Estadística y los de elaboración propia del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Por otra parte, el crédito concedido en las restantes medidas de la línea de actuación 6.5 «Formaciones y estancias formativas» se ha distribuido atendiendo a los siguientes criterios de reparto aprobados en la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 3 de junio de 2026 con carácter anual: – Número de profesorado de Formación Profesional en centros públicos de ESO, Bachillerato y Formación Profesional (50 %). – Número de alumnos matriculados en todos los niveles de Formación Profesional, modalidad presencial y a distancia, en centros públicos (20 %). – Dispersión demográfica (tasa habitante por km 2 ) (15 %). – Dispersión geográfica de las Administraciones Públicas (10 %). – Tasa de riesgo de pobreza (5 %). La distribución de fondos resultante correspondiente al reparto del ejercicio presupuestario de 2026, una vez descontados los remanentes correspondientes al reparto del año 2024, es la siguiente: CCAA Línea de actuación 6.1, 6.3 y 6.4 – Euros Descuento remanentes calidad 2024 – Euros Crédito a transferir – Euros Línea de actuación 6.5 – Euros Descuento remanentes prof. 2024 – Euros Crédito a transferir – Euros Andalucía. 4.153.119,75 130.876,40 4.022.243,35 1.586.571,20 7.718,00 1.578.853,20 Aragón. 680.427,91 109.959,09 570.468,82 498.773,17 0,00 498.773,17 Asturias (Principado de). 489.783,69 74.566,86 415.216,83 252.763,53 0,00 252.763,53 Balears (Illes). 618.525,30 0,00 618.525,30 312.315,01 0,00 312.315,01 Canarias. 1.353.676,30 0,00 1.353.676,30 567.528,28 0,00 567.528,28 Cantabria. 348.962,88 0,00 348.962,88 200.941,01 69.355,74 131.585,27 Castilla y León. 1.305.149,69 0,00 1.305.149,69 802.028,75 0,00 802.028,75 Castilla-La Mancha. 1.309.638,58 127.157,15 1.182.481,43 734.020,31 177.126,54 556.893,77 Cataluña. 3.234.786,98 0,00 3.234.786,98 1.132.230,90 21.493,66 1.110.737,24 Comunitat Valenciana. 2.703.332,83 0,00 2.703.332,83 1.040.014,16 0,00 1.040.014,16 Extremadura. 722.394,82 0,00 722.394,82 526.217,31 18.459,84 507.757,47 Galicia. 1.509.856,51 44,49 1.509.812,02 585.826,30 0,00 585.826,30 Madrid (Comunidad de). 2.194.187,74 0,00 2.194.187,74 758.333,45 0,00 758.333,45 Murcia (Región de). 840.946,83 0,00 840.946,83 370.185,39 143.056,47 227.128,92 Rioja (La). 262.527,86 0,00 262.527,86 201.003,56 107.953,31 93.050,25 Total. 21.727.317,67 442.603,99 21.284.713,48 9.568.752,33 545.163,56 9.023.588,77 CCAA Total líneas 6.1+6.3+6.4+6.5 – Euros Total descuento remanentes – Euros Total a transferir – Euros Andalucía. 5.739.690,95 138.594,40 5.601.096,55 Aragón. 1.179.201,08 109.959,09 1.069.241,99 Asturias (Principado de). 742.547,22 74.566,86 667.980,36 Balears (Illes). 930.840,31 0,00 930.840,31 Canarias. 1.921.204,58 0,00 1.921.204,58 Cantabria. 549.903,89 69.355,74 480.548,15 Castilla y León. 2.107.178,44 0,00 2.107.178,44 Castilla-La Mancha. 2.043.658,89 304.283,69 1.739.375,20 Cataluña. 4.367.017,88 21.493,66 4.345.524,22 Comunitat Valenciana. 3.743.346,99 0,00 3.743.346,99 Extremadura. 1.248.612,13 18.459,84 1.230.152,29 Galicia. 2.095.682,81 44,49 2.095.638,32 Madrid (Comunidad de). 2.952.521,19 0,00 2.952.521,19 Murcia (Región de). 1.211.132,22 143.056,47 1.068.075,75 Rioja (La). 463.531,42 107.953,31 355.578,11 Total. 31.296.070,00 987.767,55 30.308.302,45 Debido a sus regímenes forales, no se han tenido en cuenta a las CC.AA. del País Vasco y Navarra, en las que la financiación de este programa se realiza a través de los recursos propios de la C.A. La cantidad que las CC.AA. deberán justificar equivale al importe concedido, previo al descuento de los remanentes del año 2024. Compromisos de colaboración. El periodo de ejecución comprende desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de agosto de 2027. Durante el mismo, las CC.AA. se comprometen a desarrollar las siguientes líneas de actuación para la mejora de la calidad y la difusión de la Formación Profesional: – Línea de actuación 6.1 «Campeonatos Skills», compuesta por la medida 3.e.03 Organización y celebración de campeonatos autonómicos, estatales, europeos y mundiales de habilidades de FP. – Línea de actuación 6.3 «Movilidad del alumnado y personas en formación», compuesta por la medida 3.e.06 Movilidad del alumnado y personas en formación para estancias dentro y fuera de España. – Línea de actuación 6.4 «Implementación de proyectos en formación profesional», compuesta por las siguientes medidas: ● Proyectos colaborativos que fomenten la cultura de la FP en la empresa y promuevan modelos de excelencia (Medida 3.e.10). ● Proyectos colaborativos con asociaciones sectoriales de apoyo a pymes y micropymes (Medida 3.e.11). ● Alianza y desarrollo de proyectos interautonómicos (Medida 3.e.12). ● Proyectos de innovación específicos en digitalización aplicada (Medida 3.e.14). ● Convocatoria y subvención de proyectos de innovación y transferencia del conocimiento (Medida 3.e.15). – Línea de actuación 6.5 «Formaciones y estancias formativas», que incluye las siguientes medidas: ● Estancias del profesorado y formadores en empresas, centros de FP y centros de excelencia (Medida 3.e.05). ● Formación de asesores, evaluadores y orientadores (Medida 3.e.16). ● Acciones formativas dirigidas al profesorado y formadores de FP (Medida 3.e.17). ● Estancias del profesorado y formadores en centros distintos del propio (Medida 3.e.18). ● Formación de formadores y tutores de empresa (Medida 3.e.19). ● Formación de prospectores de empresas (Medida 3.e.20). Cabe recordar que únicamente serán financiables las actuaciones que no se estén ejecutando en el marco de otros programas de financiación, al objeto de evitar incurrir en doble financiación. Además, en virtud del artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, se permite la aplicación de una tasa fija del 4% del gasto total ejecutado en la implementación de las medidas susceptibles de cofinanciación por el FSE+, en concepto de asistencia técnica, siempre que no se supere el límite del crédito concedido. Por su parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se compromete a: – Poner a disposición de las Comunidades Autónomas el portal TodoFP como medio de difusión de las convocatorias que se realicen. – Mantener la coordinación y seguimiento de las competiciones de Formación Profesional a nivel nacional, europeo y mundial y proporcionar el apoyo técnico necesario a las Comunidades Autónomas para la celebración de sus competiciones regionales y la organización de la participación a nivel nacional. – Mantener la coordinación y el apoyo técnico necesarios para la implementación de programas y proyectos de calidad en Formación Profesional en las comunidades autónomas. Asimismo, las CC. AA. deberán proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de estos por los perceptores finales. Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en la regla séptima del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, no más tarde del 30 de noviembre de 2027 las CC.AA. remitirán al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, un estado de ejecución indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados detallado por cada una de las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto General del Estado desde las que se realizan las transferencias de crédito. Los remanentes de fondos no comprometidos al finalizar cada ejercicio seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y serán descontados de la cantidad que corresponda transferir a cada Comunidad Autónoma en cumplimiento de lo dispuesto en la regla sexta del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. No obstante, las comunidades pueden optar por su reintegro al Tesoro Público. Una vez autorizada la distribución por el Consejo de Ministros y aprobada por la Conferencia Sectorial, corresponderá a la Secretaría General de Formación Profesional aprobar las resoluciones a través de las cuales se formalicen los compromisos financieros en virtud de la regla cuarta del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. Medidas de visibilidad, transparencia y comunicación. Las acciones de Calidad en el sistema de Formación Profesional, con cargo al ejercicio presupuestario de 2026, que se desarrollen en todas las Comunidades Autónomas, serán financiadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y serán susceptibles de cofinanciación por el Programa del Fondo Social Europeo Plus de Empleo, Educación, Formación y Economía Social (ÉFESO). Únicamente será elegible aquella actuación que cumpla con las medidas de visibilidad, transparencia y comunicación, incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y cofinanciado por la Unión Europea». Las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el emblema de la Unión Europea, junto con el lema «Cofinanciado por la Unión Europea». Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación, derivadas de la aportación del Estado a este programa, cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado; en la Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de vicepresidencias del Gobierno y departamentos ministeriales de la Administración General del Estado. Cabe indicar que, de conformidad con los artículos 47 y 50 y el anexo IX del Reglamento 2021/1060, de 24 de junio de 2021, y del artículo 36 del Reglamento (UE) 2021/1057 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013, los beneficiarios: – Utilizarán el emblema de la Unión Europea cuando realicen actividades de visibilidad, transparencia y comunicación. – En su sitio web oficial y en sus cuentas en redes sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacarán la ayuda financiera de la Unión Europea; – Proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la UE de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a los participantes. – Exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el público, en las que figure el emblema de la Unión Europea, tan pronto como comience la ejecución física de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan adquirido con respecto a operaciones que reciban ayuda del FSE+ y cuyo coste total sea superior a 100.000 euros. – Para las operaciones no incluidas en el punto anterior, exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda de los Fondos. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid