Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de trabajo de Carglass, SLU.
Articolo 5Compensación y absorción
No se aplicará la compensación ni absorción a ningún concepto retributivo, aunque las cantidades efectivamente percibidas sean superiores a las establecidas en el presente convenio colectivo, con la única excepción del «complemento territorial». No se considerará compensación ni absorción la aplicación del mecanismo de corrección del complemento territorial previsto para la aplicación del artículo segundo del pacto de 31 de julio de 2024.