Resolución de 15 de octubre de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la obtención de información registral por vía telemática.
Allegato UNICO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Policía) y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la obtención de información registral por vía telemática Madrid, 9 de octubre de 2026.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, nombrada por Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, de conformidad con las funciones que establece el artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior; actuando en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid. Y, de otra, doña María del Rosario Jiménez Rubio, Decana del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España (en adelante «el Colegio de Registradores» o «CORPME»), con NIF Q-2863012-G, nombrada el 1 de diciembre de 2025, actuando en uso de la representación que le otorga el artículo 23 del Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España; la cual formaliza el presente convenio de conformidad con lo acordado por su Junta de Gobierno en su reunión celebrada el 15 de septiembre de 2026; y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Príncipe de Vergara, número 70, 28006 de Madrid. Ambas partes, en la representación que ostentan, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
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