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Convenios.-Resoluci�n de 13 de enero de 2025, de la Secretar�a General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejer�a de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Servicios La Serena-Vegas Altas para el funcionamiento de una Oficina T�cnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.

X 2025060069/doees-x-doe-2025-120-202506006920 gen 2025

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. El art�culo 148.1 regla 3.� de la Constituci�n establece que las comunidades aut�nomas pueden asumir competencias en materias como la ordenaci�n del territorio y el urbanismo. En ejecuci�n de dicha habilitaci�n el Estatuto de Autonom�a de la Comunidad Aut�noma de Extremadura en su art�culo 9.1, regla 31 y 32, establece que la Comunidad Aut�noma ostenta competencia exclusiva en las materias de ordenaci�n del territorio, urbanismo y vivienda, correspondiendo su ejercicio a la Consejer�a de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en virtud de lo establecido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominaci�n y las competencias de las Consejer�as que conforman la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, atribuyendo el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura el ejercicio de las funciones en materia de ordenaci�n territorial y urban�stica a la Direcci�n General de Urbanismo, Ordenaci�n del Territorio y Agenda Urbana, que se integra en la Consejer�a de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. En este marco competencial se aprueba la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenaci�n Territorial y Urban�stica Sostenible de Extremadura (en adelante LOTUS), con el objeto de dar respuesta a la realidad social y econ�mica extreme�a y a los problemas de su ordenaci�n territorial y urban�stica, con el fin instrumentar las medidas adecuadas para satisfacer los objetivos de vertebraci�n territorial, ordenaci�n urbana y cohesi�n social que los art�culos 45, 46 y 47 de la Constituci�n definen como principios rectores en esta materia. Respondiendo al mayor protagonismo que nuestra legislaci�n urban�stica auton�mica concede a los peque�os municipios, en especial a los de menos de 5.000 habitantes, facilitando su actividad urban�stica, el Reglamento General de la Ley de ordenaci�n territorial y urban�stica sostenible de Extremadura, aprobado mediante Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, en su art�culo 4.4, faculta a la Junta de Extremadura a prestar asistencia t�cnica y econ�mica a la actividad urban�stica de los municipios que posibilite el ejercicio efectivo y pleno de las competencias locales en la materia, a trav�s de una red territorial de Oficinas T�cnicas Urban�sticas, que se denominar�n Oficinas T�cnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible (OTUDTS) , instrument�ndose una dotaci�n econ�mica que permita continuar con el servicio que vienen prestando estas oficinas t�cnicas y as� cofinanciar su adecuado funcionamiento que se pretende plasmar en el presente convenio interadministrativo de colaboraci�n, expresamente previsto en el apartado 3 del mencionado art�culo 4 del Reglamento. Segundo. Las Oficinas T�cnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible (en lo sucesivo OTUDTS) se definen, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del art�culo 4 del citado Reglamento General de la Ley de ordenaci�n territorial y urban�stica sostenible de Extremadura, como equipos interdisciplinares de profesionales, encuadrados en la Mancomunidad de Municipios respectiva, que prestan asistencia t�cnica y jur�dica a los municipios en materia de ordenaci�n, gesti�n y disciplina urban�stica y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad. En funci�n de la composici�n de cada equipo, podr�n asimismo prestar asistencia en materia de desarrollo rural y protecci�n y conservaci�n de medio ambiente y patrimonio cultural. Colaborar�n tambi�n con la administraci�n auton�mica en las mismas materias . El urbanismo es una materia sumamente compleja, puede que la que m�s en materia administrativa, en la que es necesario un equipo de profesionales altamente especializado para prestar asesoramiento a las personas que ocupan la alcald�a, secretar�a y servicios t�cnicos municipales, si los hay, apoyo que se hace especialmente importante en peque�os municipios. La Comunidad Aut�noma de Extremadura ha sido pionera en el impulso de las mancomunidades para mejorar los servicios urban�sticos de las entidades locales, potenciando equipos integrados por diversos profesionales especializados en la materia. Cada uno de esos equipos constituye una Oficina T�cnica Urban�stica (OTUDTS), pr�xima a cada uno de los ayuntamientos que conforman la Mancomunidad y cercana en todo momento a los vecinos, tratando de resolver sus consultas e inquietudes, con la idea clara de prestar un servicio de calidad a la altura de otras poblaciones de gran tama�o. Tercero. La Mancomunidad de Servicios la Serena-Vegas Altas ostenta competencias en materia urban�stica en los t�rminos establecidos en su propio Estatuto y de conformidad con lo dispuesto en los art�culos 25.2.a) y 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del r�gimen Local. Cuarto. Los municipios concernidos constituyen un conjunto de localidades, cuya carencia de recursos econ�micos dificulta la contrataci�n de personal especializado con que atender adecuadamente al cumplimiento de sus respectivas competencias en materia de urbanismo. Es del inter�s de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y de los municipios concernidos la financiaci�n conjunta del funcionamiento de una OTUDTS para la puesta a disposici�n de los correspondientes municipios de los medios de que precisan en orden al adecuado ejercicio de sus competencias en esta materia de inter�s y finalidad p�blica. Quinto. El urbanismo es un campo en el que concurren competencias asumidas como propias tanto por la Administraci�n Auton�mica como por la Municipal. Por ello, resulta obligado buscar v�as de colaboraci�n que permitan optimizar el uso de los recursos p�blicos y el debido funcionamiento de los mismos. Numerosas son las determinaciones que a tal efecto recoge la LOTUS, entre los que podemos destacar el Art. 4� Coordinaci�n de competencias y cooperaci�n y la Disposici�n Adicional 9� Apoyo y asistencia a los municipios , para que puedan desarrollar las competencias que tienen atribuidas en la materia. V�a de colaboraci�n que se implementa mediante el presente convenio de colaboraci�n interadministrativa, a trav�s del cual se instrumenta la aportaci�n econ�mica auton�mica y mancomunada, especific�ndose los fondos econ�micos destinados al funcionamiento de la OTUDTS, cumpliendo la Administraci�n Auton�mica de esta manera con el mandato previsto en el apartado 8 del art�culo 4 del Reglamento General a la Ley de ordenaci�n territorial y urban�stica sostenible de Extremadura, en el que expresamente se se�ala que La Administraci�n auton�mica impulsar� el funcionamiento de las OTUDTS mediante la aportaci�n de fondos destinados al sostenimiento econ�mico de su actividad, en colaboraci�n con la administraci�n local a la que prestan sus servicios, o bien, a trav�s de las diputaciones provinciales . Ser� el convenio de colaboraci�n, el instrumento jur�dico en el que se plasma la coparticipaci�n de diferentes Administraciones y de acuerdo con lo previsto en el apartado 9 del art�culo 4 Reglamento General a la Ley de ordenaci�n territorial y urban�stica sostenible de Extremadura, donde se plasmen los t�rminos concretos de la cooperaci�n interadministrativa en la que se sustenta cada OTUDTS y donde se regular�n entre otros, las especificaciones particulares sobre su funcionamiento y composici�n, el �mbito f�sico de actuaci�n y los t�rminos de su financiaci�n . Sexto. En atenci�n a lo expuesto, los principios generales que aborda el nuevo texto normativo se encuentra el principio de autonom�a municipal, con el objeto de apoyar la autonom�a municipal, y dada la complejidad y responsabilidades derivadas del urbanismo, la Junta de Extremadura se ha comprometido en el impulso, la consolidaci�n y desarrollo de las OTUDTS de �mbito supramunicipal. En este sentido, el Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los �rganos urban�sticos y de ordenaci�n del territorio, y de organizaci�n y funcionamiento de la Comisi�n de Urbanismo y Ordenaci�n del Territorio de Extremadura, ya incorpor� a la Comisi�n de Urbanismo y Ordenaci�n del Territorio (en lo sucesivo CUOTEX) representantes coordinadores de estas OTUDTS financiadas por la Junta de Extremadura. Por todo lo expuesto, en aras de los intereses concurrentes expuestos, ambas partes acuerdan materializar su colaboraci�n mediante la firma del presente convenio, que se regir� por las siguientes
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