Establecimientos P�blicos. Horario.-Resoluci�n de 6 de febrero de 2025, de la Secretar�a General de Interior, Emergencias y Protecci�n Civil, por la que se establece la ampliaci�n del horario de cierre de los establecimientos p�blicos en el territorio de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, con motivo de las fiestas del Carnaval 2025.
Sezione di allegato primeroApartado primero. Prorrogar en dos horas, con car�cter general para todos los establecimientos p�blicos principales, situados en el territorio de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, el horario de cierre establecido para cada establecimiento seg�n el grupo en el que se encuadre, conforme a lo regulado en el art�culo 4 de la Orden de 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de apertura y cierre de los establecimientos, espect�culos p�blicos y actividades recreativas, durante las madrugadas que transcurren entre los d�as 28 de febrero y 1 de marzo, 1 y 2 de marzo, y la del 3 y 4 de marzo de 2025. Segundo. Las citadas autorizaciones de horarios especiales no generan ni reconocen derechos para el futuro, estando sometidas en todo momento al cumplimiento de los requisitos establecidos para su concesi�n, sin perjuicio de las limitaciones impuestas por la normativa existente en materia de contaminaci�n ambiental y ac�stica, de conformidad con los apartados 3 y 4 del art�culo 40 de la Ley 7/2019, de 5 de abril, de espect�culos p�blicos y actividades recreativas de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, en relaci�n con la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y su normativa reglamentaria de desarrollo. M�rida, 6 de febrero de 2025. El Secretario General de Interior, Emergencias y Protecci�n Civil,