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Convenios.-Resoluci�n de 10 de febrero de 2025, de la Secretar�a General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboraci�n firmado el d�a 25 de noviembre de 2016 entre la Consejer�a de Medio Ambiente y Rural, Pol�ticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acci�n Local "Asociaci�n para el Desarrollo Integral de la Comarca de La Vera" para la aplicaci�n de las estrategias de desarrollo local participativo dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, por la que se delegan determinados controles administrativos, en aplicaci�n del art�culo 60.2 del Reglamento (UE) n.� 809/2014, de la Comisi�n, por el que se establecen disposiciones de aplicaci�n del Reglamento (UE) n.� 1306/2013.

X 2025060383/doees-x-doe-2025-330-202506038318 feb 2025

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. Que la finalidad del Convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016, es la establecer la relaci�n entre el GAL Asociaci�n para el Desarrollo Integral de la Comarca de la Vera y la Consejer�a competente en materia de Desarrollo Rural para la aplicaci�n de las estrategias de desarrollo local participativo dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en el �mbito territorial del GAL y en funci�n de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo (en adelante EDLP) seleccionada conforme al Decreto 64/2016, de 17 de mayo de selecci�n de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (DOE 97, lunes 23 de mayo de 2016) para el Periodo de Programaci�n 2014-2020 y lo determinado en el marco jur�dico b�sico de las acciones comunitarias a favor del desarrollo rural, el Reglamento (UE) n.� 1305/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a trav�s del Fondo Europeo Agr�cola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento de Ejecuci�n (UE) n.� 808/2014 de la Comisi�n, de 17 de julio de 2014, establece las disposiciones de aplicaci�n del Reglamento (UE) n.� 1305/2013; todo ello de acuerdo con lo establecido por el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodolog�a LEADER y el procedimiento de gesti�n, para el periodo de programaci�n de desarrollo rural 2014-2020. Segundo. El Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 fue aprobado el 18 de noviembre de 2015 mediante la Decisi�n de la Comisi�n C (2015) 8193 final, modificada por la Decisi�n de la Comisi�n C (2017) 5421 final. Dicho programa contempla la medida 19 Apoyo para el desarrollo local de LEADER cuya finalidad es la aplicaci�n de estrategias innovadoras mediante el m�todo LEADER, contribuyendo al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, la mejora de la gobernanza y movilizaci�n del potencial de desarrollo end�geno de las zonas rurales. La implementaci�n de las estrategias de acci�n local y otras acciones de los GAL refuerzan la coherencia territorial y las sinergias entre medidas para el desarrollo de la econom�a y de la sociedad. Tercero. Que el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, prev� la aplicaci�n de la medida 19 mediante la metodolog�a Leader, a trav�s de la puesta en marcha de las actuaciones comarcales promovidas por los GAL y previstas en su EDLP. Cuarto. Que el GAL Asociaci�n para el Desarrollo Integral de la Comarca de la Vera fue seleccionado mediante Resoluci�n de 23 de septiembre de 2016. Quinto. Que en la Resoluci�n de selecci�n del GAL se establece que las relaciones entre el GAL y la Administraci�n Auton�mica se establecer�n mediante convenio, en el que as� mismo se reflejar�, entre otros aspectos, los procedimientos y normas aplicables para la utilizaci�n, control y seguimiento del proceso de actuaci�n as� como las facultades y autorizaciones para dictar normas de desarrollo de los mismos para la ejecuci�n del programa de desarrollo comarcal seleccionado. Sexto. El Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, designa y establece la organizaci�n y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agr�cola de Garant�a (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agr�cola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Aut�noma de Extremadura. As� mismo el Decreto 261/2015, de 7 de agosto, determina que ser� la Autoridad de Gesti�n del PDR 2014-2020 la encargada de la gesti�n, seguimiento y evaluaci�n del Programa conforme al Reglamento (UE) n.� 1305/2013, dicha autoridad es la responsable de la gesti�n y aplicaci�n eficiente, eficaz y correcta del programa seg�n establece el propio PDR 2014-2020. El Organismo de Certificaci�n es la Intervenci�n General de la Junta de Extremadura. Por la presente Addenda se modifica el Convenio de 25 de noviembre de 2016 con el objeto de poder delegar en los Grupos de Acci�n Local de Extremadura la realizaci�n de determinados controles administrativos a los que hace referencia el Cap�tulo II del T�tulo IV, art�culo 48 del Reglamento (UE) 809/2014 de la Comisi�n por el que se establecen disposiciones de aplicaci�n del Reglamento (UE) 1306/2013, y de conformidad con lo establecido en el art�culo 60 del citado Reglamento. Consider�ndose necesaria dicha modificaci�n en aras de una adecuada y eficaz aplicaci�n de la metodolog�a LEADER en Extremadura y en favor de proporcionar una eficiente respuesta a los profesionales que quieran desarrollar su actividad en el medio rural, as� como a todas aquellas iniciativas que se propongan para este medio, al objeto de estimular el fomento del esp�ritu empresarial y poner en valor todos los recursos del territorio en pro de la pervivencia del medio rural y la lucha contra su despoblaci�n. Asimismo, se considera necesaria la presente modificaci�n al haber entrado en vigor el Decreto 208/2017, de 28 de noviembre, por el que se establece una nueva estructura org�nica de la Consejer�a de Medio Ambiente y Rural, Pol�ticas Agrarias y Territorio, y se crea la Secretaria General de Desarrollo Rural y Territorio, a quien corresponde asumir entre otras, las competencias que antes correspond�an a la Direcci�n General de Desarrollo Rural, por ello, las referencias contenidas en el Convenio de 25 de noviembre de 2016 relativas a la Direcci�n General de Desarrollo Rural se entender�n realizadas a la Secretaria General de Desarrollo Rural y Territorio. De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de sus competencias, en aras de una mayor eficacia y eficiencia las partes reunidas acuerdan formalizar la presente ADDENDA, cuyo contenido se plasma en la siguiente
  2. Allegato I
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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