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Actividades Formativas Complementarias.-Resoluci�n de 11 de febrero de 2025, de la Consejera, por la que se acuerda prorrogar la vigencia de los proyectos para la realizaci�n de las actividades formativas complementarias en los centros p�blicos de Educaci�n Infantil y Primaria y espec�ficos de Educaci�n Especial de la Comunidad Aut�noma de Extremadura para el curso escolar 2025/2026.
X 2025060438/doees-x-doe-2025-330-202506043818 feb 2025
- Sezione di allegato primero Apartado primero. El Estatuto de Autonom�a de Extremadura, en la redacci�n dada por la Ley Org�nica 1/2011, de 28 de enero, en su art�culo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Aut�noma la competencia de desarrollo normativo y ejecuci�n en materia de educaci�n, en toda su extensi�n, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el r�gimen, organizaci�n y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de inter�s regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios. La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educaci�n de Extremadura, determina que las actividades complementarias se desarrollar�n fuera del horario lectivo y tendr�n como objetivo completar la acci�n educativa del alumnado, encomendando a la Administraci�n educativa el dise�o de un modelo de actividades complementarias en estrecha relaci�n con los objetivos educativos de la Comunidad Aut�noma. Segundo. En el Diario Oficial de Extremadura n�mero 99, de 26 de mayo, se public� el Decreto 84/2014, de 20 de mayo, por el que se regulan las actividades formativas complementarias en los centros de Educaci�n Infantil, Primaria y espec�ficos de Educaci�n Especial sostenidos con fondos p�blicos de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiaci�n de dichas actividades a los centros privados concertados de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, y se aprueba la convocatoria para el curso escolar 2014/2015. Tercero. Por Resoluci�n de 22 de junio de 2022 se adjudicaron actividades formativas complementarias a los centros p�blicos de Educaci�n Infantil y Primaria y espec�ficos de Educaci�n Especial de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, para los cursos escolares 2022/2023 y 2023/2024, que se especifican en el anexo a dicha resoluci�n (DOE n�m. 127, de 4 de julio de 2022). Cuarto. Con fecha 10 de febrero de 2025 se emite propuesta de la Secretar�a General de Educaci�n y Formaci�n Profesional de la Consejer�a de Educaci�n, Ciencia y Formaci�n Profesional por la que se propone prorrogar durante el curso escolar 2025/2026, la vigencia de los proyectos adjudicados para la realizaci�n de las actividades formativas complementarias en los centros p�blicos de Educaci�n Infantil y Primaria y espec�ficos de Educaci�n Especial de la Comunidad Aut�noma de Extremadura
- Sezione di allegato primero Apartado primero. Con el objetivo de avanzar en el proceso de mejora de las actividades formativas complementarias se estima conveniente prorrogar los proyectos aprobados por Resoluci�n de 22 de junio de 2022 para el curso escolar 2024/2025, per�odo de tiempo que en principio permitir�a a todas las instancias de la comunidad educativa implicadas dise�ar, como objetivo complementario a la acci�n educativa del alumnado extreme�o, un mejor modelo de actividades formativas complementarias en estrecha relaci�n con el resto de objetivos educativos de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, debiendo abordarse desde todas las �reas de conocimiento y por parte de todas las instancias que conforman la comunidad educativa, tanto en los �mbitos formales como no formales, debiendo estas aunar esfuerzos para alcanzar los objetivos perseguidos para cada etapa educativa. La experiencia acumulada en la gesti�n de las actividades formativas complementarias en el marco de la educaci�n extreme�a permite determinar la eficacia y aplicabilidad que tienen los proyectos desarrollados por los centros educativos extreme�os acogidos a la realizaci�n de dichas actividades. Resultando necesario acatar la realizaci�n de nuevas actuaciones que definan y den cobertura a las nuevas demandas educativas que deben quedar reflejadas en el nuevo modelo de actividades formativas complementarias que se pretende implantar, procede prorrogar los vigentes proyectos de actividades formativas complementarias aprobados por Resoluci�n de 22 de junio de 2022, para el curso escolar 2025/2026. Segundo. Las actividades formativas complementarias requieren para su ejecuci�n la contrataci�n de monitores de actividades formativas complementarias en centros educativos sostenidos con fondos p�blicos de Educaci�n Infantil y Primaria y espec�ficos de Educaci�n Especial de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, en base a lo dispuesto en la disposici�n adicional tercera, apartado primero y a la disposici�n transitoria primera y segunda, del Decreto 84/2014, de 20 de mayo. Tercero. En el art�culo 3 del Decreto 84/2014, de 20 de mayo, citado, se establece:
- Sezione di allegato primero Apartado primero. Prorrogar la vigencia de los proyectos para la realizaci�n de las actividades formativas complementarias para el curso escolar 2025/2026, en los centros p�blicos de Educaci�n Infantil y Primaria y espec�ficos de Educaci�n Especial de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, que se especifican en los anexos a la presente resoluci�n. Segundo. Ordenar su publicaci�n en el Diario Oficial de Extremadura y en la p�gina web: http://www.educarex.es/afc.html Contra la presente resoluci�n, que es definitiva en v�a administrativa, podr� interponerse potestativamente recurso de reposici�n ante el mismo �rgano que dict� el acto, en el plazo de un mes contados a partir del d�a siguiente al de su publicaci�n en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los art�culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com�n de las Administraciones P�blicas. Podr� tambi�n interponerse directamente, en el plazo de dos meses, contado a partir del d�a siguiente al de la publicaci�n de la presente resoluci�n en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. No se podr� interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimaci�n presunta del recurso de reposici�n interpuesto. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercer cualquier otro recurso que estime procedente. M�rida, 11 de febrero de 2025. La Consejera de Educaci�n, Ciencia y Formaci�n Profesional,