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Autorizaci�n ambiental.-Resoluci�n de 27 de diciembre de 2024, de la Direcci�n General de Sostenibilidad, sobre otorgamiento de la autorizaci�n ambiental integrada de la f�brica de superconductores, promovida por Phi 4 Technology, SL, ubicada en el t�rmino municipal de Badajoz.

X 2024064264/doees-x-doe-2025-40-20240642648 gen 2025

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. Con fecha entrada en el Registro �nico de la Junta de Extremadura de 20 de marzo de 2023, Phi 4 Technology, SL, solicit� autorizaci�n ambiental integrada (AAI) de la f�brica de superconductores ubicada en el t�rmino municipal de Badajoz. Segundo. La f�brica de superconductores de Phi 4 Technology, SL, se encuentra dentro del �mbito de aplicaci�n del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de preven�ci�n y control integrados de la contaminaci�n, en la categor�a 10.1 del anexo I, relativa a Instalaciones para tratamiento de superficie de materiales, de objetos o productos con utilizaci�n de disolventes org�nicos, en particular para aprestarlos, estamparlos, revestirlos y desengrasarlos, impermeabilizarlos pegarlos, enlacarlos, limpiarlos o impregnarlos, con una capacidad de consumo de disolventes org�nicos de m�s de 150 kg de disolvente por hora o m�s de 200 toneladas/a�o . Tercero. La industria de f�brica de superconductores est� ubicada, el proyecto contempla la parcela n�mero 32861 de la Plataforma Log�stica del Suroeste Europeo del t�rmino municipal de Badajoz, con un total de 89.238 m� de superficie. Las coordenadas UTM referidas a la Zona 29 ETRS89 son las siguientes: X: 673.223,85 Y: 4.308.642,65. Cuarto. Para dar cumplimiento al art�culo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevenci�n y control integrados de la contaminaci�n, la solicitud de la AAI fue sometida al tr�mite de informaci�n p�blica, mediante anuncio de 20 de octubre de 2023 que se public� en el DOE n.� 209, de 31 de octubre de 2023. Durante este periodo no ha habido alegaci�n alguna. Quinto. Mediante escrito de 4 de octubre de 2023, la Direcci�n General de Sostenibilidad, solicit� al Ayuntamiento de Badajoz informe sobre la adecuaci�n de las instalaciones analizadas a todos aquellos aspectos que sean de su competencia seg�n lo estipulado en el art�culo 18 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevenci�n y control integrados de la contaminaci�n. Con fecha de 23 de mayo de 2024 el Ayuntamiento de Badajoz remiti� informe de 21 de mayo de 2024 que dice: En consecuencia, en cuanto al uso, la propuesta planteada resulta COMPATIBLE con el planeamiento asignado a la parcela. En cuanto a la propuesta arquitect�nica concreta, aunque la documentaci�n aportada no es completa s� puede afirmarse que se cumplen las condiciones de ocupaci�n en la parcela, no se superan la edificabilidad, ni la altura y n�mero de plantas m�ximas permitidas, por lo que, salvo ajustes que podr�n hacerse en fases posteriores, se considera viable urban�sticamente. Por lo tanto, por parte de este servicio, NO EXISTIRIA inconveniente de tipo urban�stico en que la Direcci�n General de Sostenibilidad informara favorablemente la Autorizaci�n Ambiental Integrada AAI23/002 . Sexto. Mediante escrito de 6 de octubre de 2023, la Direcci�n General de Sostenibilidad, solicit� a la Direcci�n General de Emergencias y Protecci�n Civil, como �rgano con competencias en materias reguladas por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, a fin de que emita, si proced�a, informe en plazo de veinte d�as, en virtud del procedimiento de autorizaci�n ambiental integrada regulado por el art�culo 13.4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril. Con fecha de 15 de marzo de 2024 el Secretario General de Interior, Emergencias y Protecci�n Civil, emiti� informe que dice: Conclusi�n: Que el proyecto b�sico de autorizaci�n ambiental integrada para la instalaci�n de la f�brica de supercondensadores y un centro de I+D, cuyo promotor es PHITECH SL, en la localidad de Badajoz, en base a la documentaci�n aportada por el industrial: a) Presenta una vulnerabilidad frente a cat�strofes naturales de car�cter nulo frente a sismicidad, movimientos de ladera, hundimientos y subsidencias, vientos, inundaciones e incendios forestales, siendo bajo frente a lluvias. b) Presenta una vulnerabilidad BAJA frente a las personas por accidentes graves puesto que el t�cnico redactor determina que las sustancias peligrosas de las que dispone la instalaci�n no se encuentran reflejadas en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre. c) Presenta una vulnerabilidad compatible con el medio ambiente. El proyecto no est� afectado por el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas. El proyecto no est� afectado por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. El proyecto no est� afectado por el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma B�sica de Autoprotecci�n de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar lugar a situaciones de emergencia. El industrial no podr� modificar el n�mero y cantidad de sustancias peligrosas informadas, ni la configuraci�n de los elementos de la instalaci�n, si con ello se viera incrementado el riesgo en cualquier zona situada en el exterior del establecimiento. El titular de la infraestructura es el responsable de la veracidad de la informaci�n facilitada, y deber� cumplir y desarrollar las medidas establecidas necesarias para el inicio de la actividad. Lo que se informa a los efectos oportunos es la tramitaci�n del expediente, teniendo en cuenta las observaciones al estudio de vulnerabilidad presentado . S�ptimo. Para dar cumplimiento al art�culo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com�n de las Administraciones P�blicas, esta DGS se dirigi� mediante escritos de 16 de septiembre de 2024 a Phi 4 Technology, SL, al Ayuntamiento de Badajoz y a las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible que forman parte del Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Aut�noma de Extremadura con objeto de proceder al tr�mite de audiencia a los interesados. Durante el tr�mite de audiencia a los interesados no ha habido alegaciones
  2. Sezione di allegato primero Apartado primero. Es �rgano competente para la resoluci�n de la autorizaci�n ambiental integrada del proyecto la Direcci�n General de Sostenibilidad de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura. Segundo. La f�brica de superconductores de Phi 4 Technology, SL, se encuentra dentro del �mbito de aplicaci�n del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de preven�ci�n y control integrados de la contaminaci�n, en la categor�a 10.1 del anexo I, relativa a Instalaciones para tratamiento de superficie de materiales, de objetos o productos con utilizaci�n de disolventes org�nicos, en particular para aprestarlos, estamparlos, revestirlos y desengrasarlos, impermeabilizarlos pegarlos, enlacarlos, limpiarlos o impregnarlos, con una capacidad de consumo de disolventes org�nicos de m�s de 150 kg de disolvente por hora o m�s de 200 toneladas/a�o . Tercero. Conforme a lo establecido en los art�culos 9 y 10 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y en el art�culo 2 del Decreto 81/2011, se somete a autorizaci�n ambiental integrada la construcci�n, montaje, explotaci�n, traslado o modificaci�n sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el anejo 1 del citado Real Decreto Legislativo. Cuarto. Es de aplicaci�n la Decisi�n de Ejecuci�n (UE) 2020/2009 de la Comisi�n, de 22 de junio de 2020, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores t�cnicas disponibles (MTD) conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales, para el tratamiento de superficies con disolventes org�nicos, incluida la conservaci�n de la madera y los productos derivados de la madera utilizando productos qu�micos
  3. Allegato I
  4. Allegato II
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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