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Convenios.-Resoluci�n de 27 de febrero de 2025, de la Secretar�a General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuentes de Le�n, en materia de uso p�blico en �reas protegidas en el Centro de Recepci�n e Informaci�n del Monumento Natural "Cuevas de Fuentes de Le�n". Anualidades 2022-2024. N.� expediente: 241206SYM002.

X 2025060699/doees-x-doe-2025-450-20250606996 mar 2025

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. La Junta de Extremadura, a trav�s de su Estatuto de Autonom�a, tiene atribuidas las competencias para la protecci�n del medio ambiente y de los ecosistemas, debiendo adoptar las medidas necesarias para garantizar la conservaci�n, protecci�n y recuperaci�n de las especies de fauna y flora que viven en el estado silvestre en su territorio. Conforme se establece en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, (DOE n�m. 145, de 28 de julio), por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, entre los �rganos directivos que constituyen la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible se encuentra la Direcci�n General de Sostenibilidad, la cual llevar� a cabo la promoci�n, ejecuci�n y control en materia de conservaci�n de la naturaleza y el medio ambiente. As� mismo, es competente en la programaci�n y propuesta de actuaciones en relaci�n con las �reas naturales protegidas y la biodiversidad. Adem�s, le corresponden, la planificaci�n, gesti�n y control de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente, la evaluaci�n ambiental de planes, programas y proyectos, as� como, el otorgamiento de las autorizaciones ambientales a que se encuentren sujetas los proyectos y actividades, as� como su control y seguimiento. La Comunidad Aut�noma de Extremadura presenta gran cantidad de valores ambientales amenazados a nivel regional, nacional y europeo que precisan de medidas de conservaci�n. En lo relativo a fauna amenazada, Extremadura cuenta con algunas de las poblaciones mejor conservadas y con mayor n�mero de individuos de Espa�a. Como ejemplo y seg�n datos del a�o 2018, las poblaciones de cig�e�a negra y buitre negro localizadas en Extremadura son las m�s importantes de Espa�a. De la misma forma, Extremadura cuenta con 112 especies de flora amenazada, incluidos en el Cat�logo Regional de Especies Amenazadas. As�, 7 de estas especies se encuentran incluidas en la categor�a de peligro de extinci�n , 11 est�n registradas en la categor�a de sensibles a la alteraci�n de sus h�bitats , 24 son consideradas como �vulnerables� y 70 como �de especial inter�s�. Debido a la presencia de estos y otros valores naturales, se han declarado en Extremadura diversos tipos de �reas Protegidas que supone el 34,3 % (1.427.698 hect�reas) de la superficie total de esta regi�n. Para lograr la conservaci�n de estos valores resulta indispensable alcanzar la sensibilizaci�n ambiental de la poblaci�n para lo cual es necesario que la regi�n de Extremadura disponga de suficientes infraestructuras de calidad destinadas al uso p�blico y a la educaci�n ambiental. Para este fin se crea la Red de Equipamientos y Recursos Ambientales de Extremadura formada, entre otras instalaciones, por centros de interpretaci�n de la naturaleza, centros de educaci�n ambiental, centros de visitantes, rutas se�alizadas y miradores. De la misma forma, mediante esta Red se pretende responder adecuadamente a la cada vez mayor demanda de turismo de naturaleza mediante el establecimiento de modelos de uso p�blico y desarrollo tur�stico sostenible en las �reas Protegidas, que permitan compatibilizar la masiva afluencia de visitantes y su grado de incidencia sobre el medio. En definitiva, se trata de establecer un programa de uso p�blico y desarrollo tur�stico sostenible mediante la dinamizaci�n de infraestructuras ambientales que permitan ofertar un programa de actividades de ocio y tiempo libre, educaci�n ambiental y conocimiento del medio, compatibilizando la conservaci�n de estos ecosistemas con su rentabilidad econ�mica, cient�fica y cultural. Estas actividades se encuentran adaptadas a las necesidades concretas de conservaci�n de cada �rea, as� como a la poblaci�n y visitantes, todo ello con la finalidad de alcanzar unos objetivos espec�ficos. Las actuaciones de esta Red son coordinadas desde el Servicio de Conservaci�n de la Naturaleza y �reas Protegidas de la Direcci�n General de Sostenibilidad con la finalidad de permitir una correcta programaci�n de las actuaciones a ejecutar, evitando solapamientos de acciones, rentabilizando el gasto p�blico y estableci�ndose unas directrices y requerimientos m�nimos en la ejecuci�n de estas labores de educaci�n ambiental. Segundo. Mediante la aprobaci�n del Decreto 124/2001, de 25 de julio, las Cuevas de Fuentes de Le�n se declaran Monumento Natural, una tipolog�a de Espacio Natural Protegido conforme lo establecido en el art�culo 19 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservaci�n de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura. Conforme se establece en el art�culo segundo del Decreto 124/2001, de 25 de Julio, la declaraci�n del Monumento Natural de las Cuevas de Fuentes de Le�n tiene como objetivos b�sicos: 1) Mantener la integridad estructural, hidrol�gica, y cultural del complejo k�rstico donde se ubican las Cuevas de Fuentes de Le�n, as� como asegurar el mantenimiento de todos aquellos recursos que afectan directa o indirectamente a la conservaci�n de dicho complejo. 2) Propulsar el desarrollo socioecon�mico y cultural de las poblaciones de forma compatible con el Espacio Natural Protegido. 3) Potenciar la investigaci�n para un mejor conocimiento de los valores de este Espacio Natural Protegido. 4) Proporcionar formas de uso y disfrute del Espacio Natural Protegido de manera compatible con su conservaci�n y la seguridad de los visitantes. 5) Facilitar el desarrollo de actividades de informaci�n, interpretaci�n y educaci�n ambiental. 6) Propiciar que su conservaci�n y uso sea un ejemplo a seguir tanto en Extremadura como en otros �mbitos, como modelo de desarrollo sostenible en un Espacio Protegido. As�, la declaraci�n de esta �rea protegida conlleva la necesidad de plantear una estrategia en aras a facilitar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que los componen, asegurando su preservaci�n. Dada la importancia de este Monumento Natural en el patrimonio natural de Extremadura, as� como las necesidades de ejecuci�n de actividades de sensibilizaci�n ambiental en el mismo para permitir la conservaci�n de los valores que motivaron su declaraci�n, el Centro de Recepci�n e Informaci�n del Monumento Natural Cuevas de Fuentes de Le�n forma parte de la Red de Equipamientos y Recursos Ambientales de Extremadura. Las actuaciones incluidas en el anexo I del presente convenio y que se subvencionan mediante el mismo se destinan a permitir el establecimiento del programa de uso p�blico previsto en el manifiesto primero del presente convenio. Se debe destacar que el Centro de Recepci�n e Informaci�n del Monumento Natural Cuevas de Fuentes de Le�n es propiedad del Ayuntamiento de Fuentes de Le�n. Tercero. El presente convenio se ajusta a lo establecido en el apartado c) del art�culo 22.4 y en el apartado 1.a) del art�culo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura (DOE n�m. 59, de 25 de marzo de 2011). Este procedimiento de concesi�n directa sin convocatoria previa obedece a la naturaleza de la actividad que promueve el presente convenio ligado a la existencia de un Equipamiento Ambiental de propiedad municipal donde se promueve el uso p�blico en un �rea Protegida. En el art�culo 34 de la Ley 8/1998, de 26 de junio modificada por la Ley 9/2006, de 23 de diciembre se establece que los Parques Naturales y las Reservas Naturales contar�n con un Centro de Informaci�n e Interpretaci�n dependiente de la Direcci�n General de Sostenibilidad, en el que se desarrollar�n las mencionadas tareas, as� como las de sensibilizaci�n y educaci�n ambiental. Los restantes Espacios Naturales Protegidos podr�n contar con un centro de similares caracter�sticas en atenci�n a sus particularidades, a tenor de lo que establezca su norma de declaraci�n . Para la correcta gesti�n de las �reas Protegidas resulta fundamental la sensibilizaci�n ambiental como herramienta para la conservaci�n de la Naturaleza. Por este motivo, la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible, coordina una Red de Equipamientos Ambientales formada por un conjunto de instalaciones destinadas a la protecci�n de valores naturales, interpretaci�n de la naturaleza y divulgaci�n ambiental en las �reas protegidas. Sin embargo, los siguientes equipamientos ambientales no son propiedad de la Junta de Extremadura resultando de titularidad municipal. � �rea Visitable del MN Mina La Jayona (Ayto. de Fuente del Arco). � Centro de Interpretaci�n del MN Cuevas de Fuentes de Le�n (Ayto. de Fuentes de Le�n). � Centro de Interpretaci�n de la ZIR Sierra Grande Hornachos (Ayto. de Hornachos). � Centro de Interpretaci�n de la ZEPA Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera (Ayto. de La Albuera) � Centro de Interpretaci�n de la ZIR Sierra de San Pedro (Ayto. de San Vicente de Alc�ntara). � Centro de Interpretaci�n del Parque Natural Tajo Internacional (Ayto. de Santiago del Alc�ntara). Dada la necesidad de mantener las acciones de sensibilizaci�n ambiental en estos equipamientos ambientales, resulta aconsejable y justificado la concesi�n de una subvenci�n directa a los titulares de estas instalaciones para la financiaci�n de estas acciones necesarias para la conservaci�n de la biodiversidad, consider�ndose una actividad de inter�s p�blico. Con todo ello, se justifica que, conforme se establece en el art�culo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, el procedimiento de concesi�n directa de subvenciones se ha utilizado con car�cter excepcional, obedeciendo en todo caso a la especial naturaleza o caracter�sticas de la subvenci�n. Asimismo, queda justificado, que, debido a la especial naturaleza y caracter�sticas de la actividad a subvencionar, el procedimiento adecuado para la concesi�n de este tipo de subvenciones es la concesi�n directa sin convocatoria. Esta subvenci�n se considera indispensable para poder mantener las acciones de sensibilizaci�n en el citado equipamiento ambiental habi�ndose formalizado convenios similares, en anualidades anteriores, con el Ayuntamiento de Fuentes de Le�n para la financiaci�n de las citadas acciones. Cuarto. Esta subvenci�n est� contemplada entre las medidas definidas en el Reglamento (UE) n.� 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a trav�s del Fondo Europeo Agr�cola de Desarrollo Rural (FEADER, Europa invierte en las zonas rurales) y ha sido incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura para el Per�odo 2014-2022. Seg�n la secci�n 3.2, parte segunda de las Directrices de la Uni�n Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agr�cola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2022, estas ayudas est�n consideradas ayudas de estado, habi�ndoles asignado el n�mero de Ayuda de Estado SA 42670. De conformidad con lo previsto en el art�culo 60.2 del Reglamento (UE) n�1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda a trav�s del FEADER, estos gastos ser�n susceptibles de beneficiarse de la contribuci�n FEADER por dedicarse a operaciones aprobadas de acuerdo con los criterios de selecci�n mencionados en el art�culo 49 de dicho reglamento. Con fecha 8/10/2024 se ha modificado el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022 (FEADER, Europa invierte en las zonas rurales). Conforme se especifica en el apartado 1.1.5. Descripci�n de la modificaci�n - art�culo 4, apartado 1, del R. 808/2014 del citado Programa, la programaci�n establecida para el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022 se puede declarar hasta el 31 de diciembre de 2025 . De esta forma, los gastos de este fondo pueden ejecutarse hasta finales de la anualidad 2025. En consecuencia, la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Fuentes de Le�n, acuerdan formalizar el presente Convenio con arreglo a las siguientes:
  2. Allegato I
  3. Allegato II
  4. Allegato III
  5. Allegato IV
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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