Convenios.-Resoluci�n de 16 de septiembre de 2026, de la Secretar�a General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboraci�n entre la Vicepresidencia y Consejer�a de Desregulaci�n, Servicios Sociales y Familia y la Plataforma del Voluntariado de Extremadura para apoyar el fortalecimiento del voluntariado en Extremadura. RCN202600253.
Sezione di allegato primeroApartado primero. Que el Estatuto de Autonom�a de Extremadura, atribuye a �sta, en su art�culo 9.1.45, la competencia exclusiva en materia de asociaciones y fundaciones de todo tipo que desarrollen principalmente sus funciones en Extremadura, as� como el fomento del voluntariado. En este marco competencial, se aprueba la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura, que tiene entre su objeto ordenar, proteger y fomentar el voluntariado que se ejerza en el �mbito territorial de la comunidad aut�noma de Extremadura, as� como aquellos planes, programas o proyectos de entidades de voluntariado que desarrollen su actividad voluntaria fuera de Extremadura. Esta misma ley regula en su art�culo 42.2 las funciones de la consejer�a que tenga atribuida las competencias en materia de fomento del voluntariado, entre las que se encuentran las siguientes: e) apoyar la realizaci�n de programas y actividades de voluntariado que se lleven a cabo en la comunidad aut�noma de Extremadura; f) fomentar la coordinaci�n y el trabajo en red del ejercicio de competencias que en materia de voluntariado puedan desarrollarse por diversas entidades, p�blicas o privadas, en el territorio de la comunidad aut�noma de Extremadura; e, i) Apoyar la creaci�n de nuevas redes y entidades del voluntariado, as� como la consolidaci�n de la Plataforma Auton�mica del Voluntariado. Las competencias y funciones previstas en el citado art�culo 42 ser�n asignadas a un �rgano adscrito a la consejer�a competente en materia de fomento del voluntariado. Segundo. Por Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominaci�n, el n�mero y las competencias de las Consejer�as que conforman la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, la Vicepresidencia y Consejer�a de Desregulaci�n, Servicios Sociales y Familia tiene atribuida las competencias en materia de servicios sociales. Y, bajo la direcci�n superior de su titular, corresponde a la Direcci�n General de Servicios Sociales, Infancia y Familia, la planificaci�n, el desarrollo, la coordinaci�n y el control de la ejecuci�n de las pol�ticas en los siguientes �mbitos y materias: programas y prestaciones b�sicas y especializadas en materia de servicios sociales, con especial dedicaci�n a la lucha contra la pobreza y la exclusi�n social, promoci�n social, fomento del voluntariado y pol�ticas ante la emergencia social, acciones para la promoci�n y participaci�n social de minor�as, y el establecimiento, modificaci�n o derogaci�n de acuerdos con los pa�ses de origen dirigidos a procurar que la atenci�n e Integraci�n Social de los menores migrantes no acompa�ados se realice en su entorno de procedencia (art�culo 3.1 del Decreto 104/2026, de 26 de mayo, DOE n�mero 105, de 3 de junio, por el que se establece la estructura org�nica de la Vicepresidencia y Consejer�a de Desregulaci�n, Servicios Sociales y Familia). En concreto, el art�culo 3.4 del Decreto 104/2026, establece que corresponden a la Direcci�n General de Servicios Sociales, Infancia y Familia: �) El impulso, desarrollo y ejecuci�n de pol�ticas de promoci�n del voluntariado . Tercero. Que la Junta de Extremadura, a trav�s de la Vicepresidencia y Consejer�a de Desregulaci�n, Servicios Sociales y Familia, en su �mbito competencial, financiar� programas, proyectos y actividades de inter�s general con el objetivo de conseguir y mantener un bienestar b�sico para todos los ciudadanos de Extremadura mediante un conjunto de actuaciones que tiendan a la prevenci�n y eliminaci�n de las causas que llevan a la marginaci�n, favoreciendo, adem�s, el libre desarrollo de la persona dentro de la sociedad y su participaci�n activa en la vida social y pol�tica de la regi�n. Y, dentro de este objetivo, se encuentran, entre otros, aquellos que promuevan e incentiven el voluntariado social en Extremadura, en concreto, el apoyo a las plataformas del voluntariado. La Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura establece, en su art�culo 3.1, que el Sistema de Servicios Sociales de Extremadura comprende el conjunto de servicios, prestaciones y actuaciones, de titularidad p�blica y privada, que tienen por objeto la promoci�n y el desarrollo pleno de todas las personas y grupos dentro de la sociedad para la obtenci�n de un mayor bienestar social y una mejor calidad de vida. Adem�s, incorpora dentro del Sistema P�blico de Servicios Sociales de Extremadura los servicios sociales de titularidad privada financiados total o parcialmente con fondos p�blicos conforme a lo previsto en la presente ley y en sus disposiciones de desarrollo (art�culo 3.2 de la citada ley). Asimismo, esta misma ley se refiere, en sus art�culos 5.i) y 20.i), al voluntariado y dice que son principios rectores del Sistema P�blico de Servicios Sociales y funciones de los Servicios Sociales de Atenci�n Social Especializada los siguientes: la participaci�n ciudadana y promoci�n del voluntariado social. Se fomentar� la participaci�n ciudadana en la planificaci�n, seguimiento y evaluaci�n del Sistema P�blico de Servicios Sociales. De igual forma, fomentar�n la colaboraci�n solidaria de las personas y de los colectivos, a trav�s de las f�rmulas que consideren m�s oportunas, entre otras, la participaci�n en actividades de voluntariado organizado y de apoyo mutuo, siempre que no suponga reducci�n o supresi�n de las funciones o servicios que por ley le corresponda al sistema p�blico (art�culo 5.i); y, promover actuaciones de sensibilizaci�n social, fomento de la participaci�n comunitaria, promoci�n del voluntariado y trabajo en red con instituciones y organizaciones (art�culo 20.i). Por su parte, la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura define, en su art�culo 4.5, las actividades de voluntariado como aquellas que, en ejercicio del derecho de participaci�n democr�tica, se traducen en la realizaci�n de tareas concretas y espec�ficas, integradas en planes, programas y proyectos, siempre que se realicen por medio de una entidad de voluntariado. Entre los �mbitos de la actuaci�n del voluntariado recogidos en el art�culo 10 de la Ley del Voluntariado de Extremadura se encuentran: - g) De participaci�n y de relaciones ciudadanas: acciones para la promoci�n de la participaci�n ciudadana, el fortalecimiento de las organizaciones de base, vecinales, movimientos y redes sociales, el impulso de la iniciativa social y la acci�n sociocomunitaria y el voluntariado c�vico; - l) Para el apoyo a la gesti�n de organizaciones: acciones dirigidas a las propias entidades del tercer sector que puedan necesitar orientaci�n y apoyo en la gesti�n de las mismas a nivel legal, financiero u organizativo; y, - n) De promoci�n del voluntariado: acciones para el apoyo, difusi�n y reconocimiento de las personas voluntarias, as� como para el impulso de una mayor participaci�n social en este tipo de acciones. Cuarto. Que la Plataforma del Voluntariado de Extremadura (PVEX) es una entidad de naturaleza asociativa del Tercer Sector Social, de car�cter privado, y articulada en torno a sus organizaciones, con fines de inter�s general y ausencia de �nimo de lucro, con personalidad jur�dica propia, independiente de la de sus asociados y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, conforme dispone el art�culo 1 de los Estatutos de la entidad. Esta plataforma se constituye en 1995 y en la actualidad est� integrada por 72 organizaciones de �mbito local, provincial y regional, algunas de ellas federaciones y plataformas locales y comarcales, lo que hace que sumen un total de 194 entidades. La misi�n de la Plataforma del Voluntariado de Extremadura es hacer visible, impulsar y promover la acci�n voluntaria organizada a trav�s de la difusi�n del mismo, de la sensibilizaci�n a la ciudadan�a, del apoyo integral a las entidades con voluntariado y a las personas voluntarias, el trabajo coordinado con los diferentes agentes sociales implicados en el voluntariado y servir como interlocutor v�lido del voluntariado y de las entidades de voluntariado ante la Administraci�n P�blica, el mundo empresarial, los medios de comunicaci�n y el resto de agentes sociales. Adem�s, la visi�n de esta entidad es ser la referencia en materia de voluntariado para todos los agentes relacionados, directa o indirectamente, con el voluntariado en la Comunidad Aut�noma de Extremadura: de la voluntad de coordinaci�n de un conjunto de ONGs, de la realizaci�n de unos valores compartidos en defensa de la justicia social, del trabajo en red, como un modo de hacer y de construir juntos. Quinto. Que la Plataforma del Voluntariado de Extremadura (PVEX), de acuerdo con sus fines estatutarios, realiza diversas actividades entorno a cuatro �reas de actuaci�n:
Sezione di allegato sextoApartado sexto. Que la Vicepresidencia y Consejer�a de Desregulaci�n, Servicios Sociales y Familia y la Plataforma del Voluntariado de Extremadura (PVEX) comparten un inter�s com�n en celebrar este Convenio, que se fundamenta en los siguientes puntos: