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Energ�a solar.-Resoluci�n de 16 de septiembre de 2026, de la Direcci�n General de Industria, Energ�a y Minas, por la que se otorga autorizaci�n administrativa previa a la sociedad VLT Renovables III, SL, para la instalaci�n fotovoltaica "Aleta 23", ubicada en el t�rmino municipal de C�ceres, e infraestructura de evacuaci�n de energ�a el�ctrica asociada. Expte.: GE-M/05/24.

X 2026062414/doees-x-doe-2026-1870-202606241428 set 2026

  1. Sezione di allegato primero Apartado primero. Con fecha de registro de entrada 15 de mayo de 2024, la sociedad Enigma Green Power 3, SLU, present� solicitud de autorizaci�n administrativa previa para la instalaci�n fotovoltaica Aleta 23 ubicada en el t�rmino municipal de C�ceres, y sus infraestructuras de evacuaci�n de energ�a el�ctrica asociadas, acompa�ando el proyecto de construcci�n y la documentaci�n ambiental correspondiente, procedi�ndose con ello a la apertura del expediente GE-M/05/24. Posteriormente con fecha 4 de diciembre de 2024 se procedi� al cambio de titularidad de dicho expediente a favor de la sociedad VLT Renovables III, SL. Segundo. Con fecha de registro de entrada de 28 de noviembre de 2024, D. Carlos Mora G�ngora, en nombre y representaci�n de la sociedad VLT Renovables III, SL, present� solicitud de autorizaci�n administrativa previa para la instalaci�n de referencia, acompa�ando el proyecto de construcci�n y la documentaci�n ambiental correspondiente. Tercero. Con fecha de 10 de julio de 2025, finaliz� el tr�mite de informaci�n p�blica del proyecto no habi�ndose presentado alegaciones. Cuarto. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de trans�porte, distribuci�n, comercializaci�n, suministro y procedi�mientos de autorizaci�n de instalaciones de energ�a el�ctrica, se dio traslado de las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio p�blico o de inter�s general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, no habiendo manifestado �stas oposici�n alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, aceptados por el promotor los informes emitidos por los mismos. Quinto. Con fecha de 15 de julio de 2026, la Direcci�n General de Gesti�n Sostenible y Pol�tica Forestal emite resoluci�n por la que se formula declaraci�n de impacto ambiental sobre el proyecto de la instalaci�n fotovoltaica Aleta 23 , publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.� 151, de fecha 6 de agosto de 2026. Sexto. Con fecha de registro de entrada de 4 de septiembre de 2026, D. Daniel Carrascoso Hern�ndez, en nombre y representaci�n de la sociedad VLT Renovables III, SL, complet� la documentaci�n necesaria para la obtenci�n de la autorizaci�n administrativa previa de la instalaci�n de referencia. A estos antecedentes de hecho, les son de aplicaci�n los siguientes,
  2. Sezione di allegato primero Apartado primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del art�culo 9 del Estatuto de Autonom�a, modificado por Ley Org�nica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad Aut�noma de Extremadura tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producci�n, almacenamiento, distribuci�n y transporte de energ�as de cualquier tipo en su territorio, incluida la el�ctrica cuando el aprovechamiento de �sta no afecte a otras Comunidades Aut�nomas. En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 2 del Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominaci�n, el n�mero y las competencias de las Consejer�as que conforman la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, as� como lo dispuesto en el Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece su estructura org�nica b�sica, y el Decreto 107/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Industria, Energ�a, Ciencia y Territorio, corresponde a la Direcci�n General de Industria, Energ�a y Minas todas las funciones relacionadas con la direcci�n de las pol�ticas de industria, energ�a y minas. Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el art�culo 6.2 del Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, la competencia para adoptar la presente resoluci�n corresponde a la Direcci�n General de Industria, Energ�a y Minas. Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector El�ctrico, determina que la construcci�n, puesta en funcionamiento, y modificaci�n de las instalaciones de generaci�n, transporte y distribuci�n de energ�a el�ctrica est�n sometidas, con car�cter previo, al r�gimen de autorizaciones establecido en el art�culo 53 de la ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. Asimismo de conformidad con lo establecido en el t�tulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los tr�mites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones recibidas durante la instrucci�n del procedimiento, as� como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones P�blicas, organismos y empresas de servicio p�blico o de servicios de inter�s general, el �rgano sustantivo emitir� la resoluci�n pertinente. Tercero. Con fecha 7 de noviembre de 2025 entr� en vigor el Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema el�ctrico, cuyo art�culo 5 modifica la definici�n de potencia instalada establecida en el art�culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producci�n de energ�a el�ctrica a partir de fuentes de energ�a renovables, cogeneraci�n y residuos, siendo de aplicaci�n dicha modificaci�n a la instalaci�n que nos ocupa en virtud de las disposiciones transitoria primera y final quinta del citado Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre. Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los tr�mites preceptivos en la legislaci�n vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho, esta Direcci�n General,
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