Sezione di allegato primeroApartado primero. Personas beneficiarias
1. Serán personas beneficiarias de esta subvención los auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes de conformidad con lo establecido en el resuelvo 2 de la resolución convocatoria.
2. La condición de auxiliar de conversación no dará lugar, en ningún caso, a relación laboral ni administrativa con la Junta de Extremadura, ni a su inclusión en el régimen de la Seguridad Social.
Sezione di allegato segundoApartado segundo. Objeto
1. Convocatoria de subvenciones destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso 2026/2027. Todo ello conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras de estas subvenciones fijadas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Esta dotación de personas auxiliares de conversación tendrá lugar durante el periodo del curso escolar 2026/2027, desde el 1 de noviembre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027.
Sezione di allegato terceroApartado tercero. Bases reguladoras
Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm. 174, de 9 de septiembre).
Sezione di allegato cuartoApartado cuarto. Cuantía
1. El coste total que para la Consejería de Educación y Formación Profesional supondrá el cumplimiento de estas obligaciones durante el curso 2026/2027 ascenderá a un máximo de setecientos diecinueve mil novecientos cincuenta euros (719.950,00 ), con la siguiente distribución por anualidades y aplicaciones presupuestarias:
AÑO
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
CUANTÍA
2026
130020000/G/222G/48000/CAG0000001/20060137
205.700,00 2027
130020000/G/222G/48000/CAG0000001/20060137
514.250,00
2. La dotación de esta subvención directa es una cantidad mensual en concepto de ayuda para la dieta de manutención y alojamiento de 935 euros por auxiliar de conversación, cuyo horario semanal será de 16 horas. Esta ayuda les será abandonada mensualmente, mediante transferencia, durante el periodo del curso escolar 2026/2027, que no comenzará antes del 1 de noviembre ni finalizará después del 31 de mayo del siguiente año.
Sezione di allegato quintoApartado quinto. Plazo de presentación
1. Con carácter general el plazo de presentación de las solicitudes será diez días hábiles desde la publicación de su convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y el extracto de la misma conforme a lo establecido en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura.
No obstante, para circunstancias sobrevenidas que requieran la contratación de nuevos auxiliares de conversación el plazo máximo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de un año. Mérida, 25 de septiembre de 2026. El Secretario General de Educación PD Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Secretaría General, (DOE n.º 92, de 15 de mayo),
JOSÉ PEDRO CATALÁN DURÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE. ^