CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
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In force · version of Feb 6, 2026
Art. 336. Las funciones de los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia se suspenden, además, desde que la Cámara de Diputados declare que ha lugar a la acusación que se ha formulado en su contra por notable abandono de deberes, de acuerdo con el artículo 48 de la Constitución Política.