Article único
Artículo único: Promúlgase el Protocolo que Enmienda el Convenio entre la República de Chile y la República Federativa del Brasil para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Relación al Impuesto sobre la Renta y su Protocolo, suscrito en Santiago, Chile, el 3 de marzo de 2022, y que entrará en vigor el 31 de octubre de 2025; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.