ESTABLECE NORMAS RELATIVAS REOS
Article 3o Las personas que hubieren cumplido su condena
In force · version of Feb 5, 2022
Art. 3.o Las personas que hubieren cumplido su condena antes de la vigencia de esta ley o la cumplieren dentro de los tres meses siguientes a su promulgación y que no tengan el requisito señalado en la letra a) del artículo precedente, podrán optar a los referidos beneficios siempre que reunan las otras condiciones y permanezcan cinco años, por lo menos, bajo la tutela del Patronato de Reos.