DL 135

ESTABLECE TRATAMIENTO PREFERENCIAL PARA LAS IMPORTACIONES DE LA GRAN MINERIA DEL COBRE

Article 1

Article 2El Comité Ejecutivo del Banco Central de Chile, en uso de las atribuciones que le concede el artículo 4° del decreto de Economía, Fomento y Reconstrucción N° 1

Article 3Derógase el artículo 11° de la ley N° 16