DL 269

DISPONE QUE EN LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACION DEL ESTADO NO SE EFECTUE EL PROCESO CALIFICATORIO QUE INDICA

Article 1

Article 2

Article 3Suspéndese, durante la vigencia del presente decreto ley, los efectos previstos en el artículo 47 del DFL

Article 4Las disposiciones del presente decreto ley no se aplicarán al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, a las Fuerzas Armadas, a Carabineros de Chile y al Servicio de Investigaciones