🇨🇱 Chile
In force Decreto ley 21 units
CREA COMISION CHILENA PARA LA DECIMOQUINTA REUNION ORDINARIA DE LA ASAMBLEA DE GOBERNADORES DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
DL 287cl-decree-law-1974-01-28-287Jan 28, 1974
- Article 1
- Article 2
- Article 3
- Article 4
- Article 5
- Article 6
- Article 7 Corresponderá, especialmente, a la Comisión:
- Article 8
- Article 9 El Presidente de la Comisión tendrá la calidad de Jefe de Servicio y a él corresponderán, entre otras, las siguientes atribuciones:
- Article 10
- Article 11 El personal de la Comisión estará formado:
- Article 12 Los actos y acuerdos de la Comisión y las decisiones del presidente, que deban materializarse en resoluciones, estarán exentos del trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República
- Article 13 Para los efectos del examen o juzgamiento de las cuentas de la Comisión, la Contraloría General de la República mantendrá en ella una Auditoria permanente
- Article 14
- Article 15
- Article 16
- Article 17 La Comisión se extinguirá, a más tardar, dentro del plazo de 60 días de terminada la Reunión en Chile de la Decimoquinta Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo
- Article 18
- Article 19 Autorízase la libre importación, exenta de depósitos previos y del impuesto establecido en el artículo 1º, Nº 14, de la ley Nº 16
- Article 20
- Article 21 La Comisión, mediante resolución fundada, podrá encargar a cualquier servicio u organismo del Estado la ejecución de las obras materiales y prestaciones de servicios que sean necesarias