Proyecto de lei sobre organización i atribuciones de las Municipalidades
Article
In force · version of Sep 12, 1887
Art. 5º. No pueden ser elejidos municipales: 1º Los individuos que recibieren sueldo o gratificacion del tesoro municipal i los que tuvieren contratos con la Municipalidad, o cuentas que rendirle, salvo que ellas provengan de administracion gratuita de establecimientos de beneficencia u otros semejantes; 2º Los empresarios de obras municipales.